Este sábado, cuando se recuerden 92 años de la masacre de obreros del 15 de noviembre de 1922, registrada en esta ciudad, el Gobierno presenta en el puerto principal una propuesta para cambiar el Código de Trabajo.

Se trata de reformas puntuales al Código Órganico de Trabajo (vigente esde 1938), que el mandatario enviará sobre cosas urgentes, comentó en el enlace del pasado 11 de octubre. Casi un mes antes, había descartado el envío de un nuevo Código Laboral a la Asamblea.

El pasado 1 de mayo, durante la celebración del Día del Trabajo, el ministro de Relaciones Laborales, Carlos Marx Carrasco, entregó a la presidenta de la Asamblea, Gabriela Rivadeneira y a dirigentes gremiales, la propuesta simbólica del Código Órganico de Trabajo que reemplazará al actual. El mandatario índicó en aquella ocasión que el documento estaba listo y que será "revolucionario, socialista, con supremacía del trabajo humano sobre el capital" para garantizar los derechos de los trabajadores y lograr "equidad y justicia en la relación trabajo-capital".

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El documento, que constaba de 528 artículos, doce disposiciones generales, cinco transitorias, diez reformatorias y cuatro derogatorias, había estado siendo compartido; pero en septiembre pasado el ministro coordinador de la Producción, Richard Espinosa, indicó que el Código Laboral que tiene absoluta validez es el que envíe a la Asamblea el presidente Rafael Correa.

"No hay un proyecto formalmente aprobado y presentado por el presidente. Todo han sido socializaciones sobre varias ideas (en las) que se han venido trabajando", señaló Espinosa.

Ahora, seis meses después, se indicó que para este sábado 15 de noviembre se anunciarán reformas puntuales al Código. "Vamos a llenar toda la avenida 9 de octubre con miles de obreros, trabajadores", dijo este viernes Rolando Panchana, gobernador del Guayas, en rueda de prensa.

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Organizaciones sociales, de trabajadores, indígenas, estudiantes y maestros marcharán el próximo 19 de noviembre, en Quito, en contra de varias medidas gubernamentales.

Propuesta del Ministerio de Relaciones Laborales

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- Mensualización del décimo tercero, que equivale a un sueldo que se recibe en diciembre con el fin de cubrir los gastos de fin de año; y décimo cuarto, que es un Salario Básico Unificado ($ 340) para la compra de útiles por el inicio de clases.

- Creación de una bonificación por terminación de contrato. El porcentaje de cálculo se reduce mientras más años tiene la persona en una empresa.

- Un fondo global de jubilación patronal.

- Creación del sindicato único de trabajadores. Sindicatos por ramas, se especifican distintos tipos de trabajo. Voto secreto para elegir a los directivos sindicales.

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- Incremento de las horas suplementarias de 12 a 15 a la semana.

Socialización

En la segunda fase de socialización del proyecto, tras la reunión con la Comisión Legislativa de Derechos de los Trabajadores, se acordó:

En julio pasado, el ministro de Relaciones Laborales, Carlos Marx Carrasco, anunció a un día de que varias centrales sindicales se movilicen cuestionando puntos del actual borrador y la enmienda a la Constitución para que los nuevos obreros públicos ya no sean regidos por el Código del Trabajo, sino por la Ley Orgánica de Servicio Público, junto al resto de funcionarios.

- Que la huelga se realice en las instalaciones de la empresa con la designación previa de una comisión tripartita de veeduría designada entre empleadores, trabajadores y el Ministerio del ramo, que el sindicato por rama no sea una modalidad de contrato colectivo obligatoria de organización, sino una adicional a las ya existentes, son dos de esos acuerdos.

- Que un día de permiso con cargo a vacaciones equivalga a un día y no a 1,36 días, propuesta que generaba disensos; que el derecho a la alimentación se mantenga en los trabajadores cuando su número pase de 25, igual que la atención médica y se incluye en el derecho a participar de las utilidades a los hijos por nacer y a los padres dependientes del trabajador y que sean adultos mayores.

- Se estudia la posibilidad de reducir el coeficiente de cálculo para determinar el valor de las horas y que los décimos mensualizados sean depositados en una cuenta del Biess.