El continuo uso de la figura del error inexcusable para disciplinar a jueces es un eje en los que se centró el estudio ‘Independencia judicial en la reforma de la justicia ecuatoriana’, elaborado por el abogado peruano Luis Pásara junto a la Fundación para el Debido Proceso de Estados Unidos, el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad de Colombia y el Instituto de Defensa Legal de Perú.

El documento de 100 páginas detalla que entre el 26 de julio del 2011 y el 23 de enero del 2013, en la gestión del Consejo de la Judicatura de Transición, hubo 1.607 procesos disciplinarios contra jueces, superior a los tres años anteriores (1.273).

Con la Judicatura actual, al mando de Gustavo Jalkh, en los 9 meses del 2013, de los que Pásara obtuvo información, se registraron 455 procesos disciplinarios, “al 7 de noviembre de ese año, 445 habían sido resueltos y, entre ellos, 143 casos se sancionaron con destitución; esto es, casi una destitución por cada tres procesos, lo que significa que la tasa de destitución se ha incrementado bajo este Consejo”, refleja el estudio.

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Las dos causales para el procesamiento corresponde a la falta de fundamentación de la decisión judicial y al error inexcusable, contenidas en el Código Orgánico de la Función Judicial. La primera en el artículo 108, considerada falta grave, da lugar a suspender al juez por no fundamentar debidamente sus actos administrativos; y la segunda es tipificada como falta gravísima sancionable con la destitución, en el numeral 7 del artículo 109.

Para analizar el uso del error inexcusable se tomaron como muestra 42 casos de las resoluciones del CJ, en las que se constató que “correspondieron abrumadoramente” a la aplicación de dicha figura. De estos, 37 se iniciaron por denuncias de funcionarios y cinco empezaron por denuncia particular.

La aplicación de este tipo de medidas se observó con la destitución de José Suing y Gustavo Durango, exjueces de la Corte Nacional que fallaron contra el Servicio de Rentas Internas en una demanda al Oleoducto de Crudos Pesados.

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“Se nos sancionó por haber expedido una sentencia en derecho. No por corrupción o indisciplina”, relata Suing, quien ahora se dedica a la docencia, al estar impedido de prestar sus servicios en entidades del Estado por un lapso de dos años.

El informe tomó para su estudio doce casos para demostrar que existiría una interferencia del Ejecutivo, como los 10 de Luluncoto, el juicio contra EL UNIVERSO, de la expresidenta de la Unión Nacional de Educadores Mery Zamora, los de la revuelta policial y otros.

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Este detalla que en el trámite de procesos disciplinarios, los jueces no conocen cuáles son los criterios para investigarlos y, de ser el caso, sancionarlos.

“Formalmente el proceso se cumplió, pero cuando solicitamos ser escuchados en el pleno del Consejo de la Judicatura, jamás nos dieron la oportunidad de exponer nuestros argumentos. No nos permitieron siquiera regresar a la Corte. Entonces se sabía de antemano la resolución”, insiste Suing.

Para Jalkh, este informe no es académico: “Quiere presentarse de esa manera, pero realmente es sesgado, busca probar lo que ya tiene como convicción antes de empezar el estudio; coge algunos casos, eso no es científico, no es académico”, dijo en entrevista televisiva.

El defensor público Ernesto Pazmiño cree que este documento no refleja la verdadera situación de la justicia. “No encuentro un pronunciamiento de las partes positivas (de los cambios en la justicia). Pásara me entrevistó casi dos horas y lo que saca son descontextualizadas ciertas declaraciones”, comentó a radio Hoy.

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Andrés Páez, asambleísta por CREO, opina que hay jueces que sí deben ser sancionados, pero “la forma en que se los sanciona es la que está equivocada, porque el error inexcusable tiene una carga subjetiva enorme. Se interpreta, deja a discreción, porque cuando se trata de gente que ha dictado una sentencia en contradicción de los intereses del oficialismo, se les aplica una sanción severa. Pero cuando se trata de una persona que no tiene esa vinculación, simplemente la sanción es de otra índole”. La conclusión en el estudio es que los afectados “de un control disciplinario arbitrario, no solo son los jueces, sino el sistema de justicia, y el derecho ciudadano a una justicia imparcialmente administrada”.

Estudio
Jurista peruano

Vínculo anterior a régimen
El informe presentado a fines de julio fue elaborado por Luis Pásara. Él fue consultor en este gobierno y parte de la serie ‘Justicia y derechos humanos, neoconstitucionalismo y sociedad’, producida por el Ministerio de Justicia, cuando Gustavo Jalkh fue su ministro.