En la época de la Constituyente, Virgilio Hernández habló de la reelección por una ocasión y en el periodo inmediato. Ahora defiende la reelección indefinida, argumenta que la alternabilidad está garantizada porque hay un sistema de elecciones y de partidos.

¿Cuál es el aporte del bloque legislativo de Alianza PAIS en este proyecto de cambios a la Constitución? Varios temas ya han sido mencionados por el presidente Rafael Correa.
Hasta ahora los medios de comunicación no readecúan su formato de pensamiento a que ahora hay un proyecto político y que supera la división entre Ejecutivo y Legislativo. Sabemos que son funciones independientes pero somos corresponsables políticamente, por lo tanto lo que plantea el presidente es discutido, analizado, asumido y aportado en el bloque (...). Las 17 propuestas son de movimiento PAIS, y de aliados (socialismo).

En regiones, ¿ya no habrá plazo para su conformación?
Esa es la propuesta que hasta ahora se ha planteado. Yo soy de la idea que debe existir plazo. (Si no) se corre el riesgo de que termine la posibilidad de las regiones. El proceso podría quedar en el aire.

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¿Si se toca a los GAD en sus competencias y en su posibilidad de hacer consulta no se toca el territorio, parte de los elementos constitutivos del Estado?
Lo que estamos haciendo es que no se abuse de lo que está implícito en la Constitución. Siempre estuvo claro que las consultas populares en el nivel local son sobre los temas de su competencia. En el 2000 se hicieron cinco. Es un absurdo.

En competencias, no se altera (elemento del territorio) pues no estamos modificando la división político administrativa ni restando las competencias.

¿No se las merma?
Quienes quieren apoyar la construcción y mantenimiento (en educación y salud), tiene que ser en coordinación con el Gobierno, de una competencia que es del Gobierno Nacional.

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¿Para qué les dan entonces las competencias? ¿Se equivocaron ahí entonces?
No. Creímos que esto iba a potenciar la coordinación. Cuando en algunos lados se ha pensado que con esto se podía actuar al margen de la competencia nacional.

¿Cuál es su reflexión sobre la reelección presidencial, no toca un elemento constitutivo del Estado?
Esos elementos son: territorio, poder y población. Sobre el poder, hay una confusión, como si fuera lo mismo el principio democrático y el republicano, ¿cuál es la base del primero?: gobernantes electos por el voto popular y que respondan al mandato popular. Y ¿cuál es el principio republicano?, que el país se adecúe a normas, que exista un sistema de pluralismo, partidos y elecciones. Eso es lo que configura la alternabilidad, elecciones en las que puedan participar todas las fuerzas políticas. Mientras existan sistemas de partidos, sistema de elecciones permanentes, universales, libres y directas, se está garantizando el principio de la alternancia y es el pueblo el que decide.

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¿La acción de protección es una garantía constitucional y la enmienda la restringe?
Lo del abuso e improcedencia ya está en la ley. Ahí tenemos un problema, a pesar de que está en la ley, los jueces dicen: tenemos una norma superior (art. 88), utilizado a veces para defender intereses contra el Estado. Se fortalece la ley, para evitar actos inescrupulosos y mal uso de ese recurso, por lo tanto no hay restricción.

¿La misma respuesta es para la comunicación como servicio público? ¿Que ya está en la ley?
Para nosotros es un tema conceptual que estaba asumido desde que se aprobó la Ley de Comunicación. Es un servicio público, porque lo que está en juego no es el interés particular de nadie: de los grupos de comunicación, de los comunicadores, no, lo que está en juego es el interés público, ciudadano.

¿En el tema de la plusvalía de la tierra, se llegó al menos a identificar qué artículos se deberían cambiar?
Hay discusión: si es un nuevo artículo, si se puede incluir en lo que respecta al suelo, a hábitat y vivienda. Debe ser debatido muy seriamente.

¿Qué pasa si la Corte Constitucional aprueba la enmienda y la Asamblea aprueba el proyecto. ¿Va o no va al Ejecutivo para el veto?
Yo sostengo que no. Quien aprueba es la Asamblea. Está en el artículo 441.

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“Dejar esta barbaridad que los municipios pueden convocar (consultas) sobre cualquier asunto que no sea de su competencia es el germen de la división nacional”.Virgilio Hernández, asambleísta