¿Qué elegiremos este domingo 23 de febrero?

- 221 Alcaldes

- 23 Prefectos provinciales, excepto Galápagos

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- 23 Viceprefectos

- 1.305 Concejales urbanos y rurales.

- 4.079 Vocales de las Juntas Parroquiales Rurales

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En total se elegirán: 5.651 autoridades.

 

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¿Cuál es el horario de votación?

El proceso electoral comienza a las 07:00 del domingo 23 de febrero del 2014 en todo el país. Termina a las 17:00.

 

¿Con qué documento puedo votar?

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Solo se puede votar portando la cédula de ciudadanía o el pasaporte.

 

¿Hasta cuándo dura la ley seca?

La ley seca en que no se permite venta, distribución o consumo de bebidas alcohólicas dura 72  horas. Comenzó al mediodía (12:00) de este viernes 21 de febrero y terminará al mediodía del lunes 24 de febrero.

 

¿Cómo puedo averiguar mi lugar de votación?

Puede llamar al número 150 desde un teléfono convencional o celular. O, enviar un mensaje de texto con su número de cédula de ciudadania al 150.

 

¿Quiénes votan de manera obligatoria?

Los ciudadanos mayores de 18 años. También aquellas personas mayores 18 años privadas de la libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada.

 

¿Cuánto me cuesta la multa si no voy a votar?

La multa por no votar para las personas que tienen obligación de hacerlo es de $ 42. Eso corresponde al 10% ($34) de una remuneración mensual unificada (RMU es de $340 al mes) más $8 por el costo de la especie valorada.

 

¿Quiénes votan de manera voluntaria?

- Los ecuatorianas y ecuatorianos entre 16 y 18 años de edad.

- Los mayores de 65 años.

- Ecuatorianas y ecuatorianos que habitan en el exterior debidamente registrados.

- Integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en servicio activo.

- Personas con discapacidad.

- Personas analfabetas.

- Extranjeros desde los 16 años de edad que hayan residido legalmente en el país al menos 5 años y que aparezcan inscritos en el Registro Electoral.

 

¿Qué hacer si soy miembro de una Junta receptora del voto?

Si fue designado como miembro de una junta electoral debía capacitarse de forma presencial o virtual. Si no alcanzó a hacerlo de manera presencial, la capacitación virtual se puede revisar en el siguiente link preparado por el CNE: Capacitacion Electoral Online.

 

¿Quiénes conforman la junta receptora del voto?

Las Juntas Receptoras del Voto están compuestas por siete integrantes: tres vocales principales, tres vocales suplentes y un secretario y el día de las elecciones deberán asistir para conformar las mesas desde las 06h30 al recinto electoral que les corresponda, portando el nombramiento y la cédula de identidad.

 

¿Cuál es la multa si no llego a participar como vocal de la mesa electoral?

Si es miembro de la Junta Receptora del Voto, la multa es de el 15 % del salario mínimo vital ($ 340), lo que equivale a $ 51 más 8 dólares de la especie valorada. Total: $ 59.

 

¿Qué debo hacer si no alcancé a votar?

El ciudadano que no hubiere podido sufragado en las elecciones debe acercarse a la Delegación Provincial Electoral más cercana a su domicilio para justificar su inasistencia y deberá presentar los siguientes documentos de acuerdo al siguiente detalle:

Ausente del país:

Original y copia de la cédula de ciudadanía y del pasaporte donde conste la salida y la entrada al país, certificando su ausencia en el periodo comprendido antes y después del día de las elecciones.

Por enfermedad:

Original y copia del certificado médico, avalado por el Instituto de Seguridad Social o Ministerio de Salud Pública.

Por servicio militar obligatorio:

Original y copia de la cédula militar o certificación de la Dirección de Movilización del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.

Mayor de 65 años o analfabeto:

Original de la cédula de ciudadanía.

Minusválido:

Original y copia de la cédula de ciudadanía y del carné respectivo.