Por favor, me podrían indicar cómo se procede para el cierre de RUC de una persona fallecida. Mi padrino murió hace algunos días y necesitamos hacer el trámite. Gracias.
Rafael,
Guayaquil

Respuesta 1: Es un trámite muy sencillo. Los documentos que necesita son la cédula de identidad, certificado de votación, certificado de defunción y la solicitud de suspensión o cancelación del RUC para personas naturales.

  • El último punto se lo realiza online, ingresando al portal del Servicio de Rentas Internas con su usuario y clave, al menú RUC/actualización/suspensión de RUC.
  • Usted debe imprimir la resolución de la suspensión del RUC, que puede descargar en el menú RUC/certificados/cese de actividades o también pedir que le llegue al e-mail del usuario.
  • Con esos documentos, acérquese a las oficinas del SRI y cancele de forma definitiva el RUC del fallecido.

Braulio Jácome T.,
Ing. Contaduría Pública Autorizada.
Telf.: 099 742 7970.

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Respuesta 2: Le detallo paso a paso y con el fundamento legal.

  • Ingrese al portal del SRI con su número de RUC y clave.
  • Comunique la suspensión de actividades del contribuyente por causa de fallecimiento.
  • Precise la fecha exacta del cese de actividades por causa del fallecimiento.

RLRUC - Art. 16. De la cancelación de oficio.- (Sustituido por el art. 121 del D.E. 1114, R.O. 260-2S, 4-VIII-2020). El Servicio de Rentas Internas podrá cancelar de oficio la inscripción en el Registro Único de Contribuyentes de los sujetos pasivos cuando haya verificado el fallecimiento de la persona natural o la inscripción del acto que disponga la cancelación o instrumento que corresponda de acuerdo a la naturaleza jurídica de las sociedades. Para lo cual las instituciones públicas o los respectivos órganos de control deberán mantener informado al Servicio de Rentas Internas.

Pedro Alburquerque,
CPA, Ab., Ing., MBA, M. Sc.,
instructor del staff de profesionales de Académicos