Pregunta
Tengo dos años separado de la mamá de mis tres hijos, tienen 8, 6 y 4 años. Quedamos en la mediación en que podría visitarlos todos los domingos. Pero en los últimos meses ha cambiado de parecer. Solo puedo ir cuando ella está de buenas. ¿Adónde puedo acercarme para que me den solución? Soy comerciante y lo que gano no me alcanza para contratar un abogado. ¿Qué pasa en este caso en que ella no está cumpliendo lo acordado en la mediación? Paso las pensiones mes a mes, de acuerdo con la ley.

Emiliano,
Quito

Respuesta
Estimado Emiliano, a falta de mayores datos sobre su caso, lo planteado puede interpretarse como un incumplimiento del acta de mediación. En tal razón, habría que tomar una serie de medidas para que el acta realizada y aceptada por las partes sea cumplida de forma adecuada: a) Solicitar a la Dinapen si la madre está cumpliendo las condiciones establecidas en el acta arriba citada, y b) iniciar un proceso de ejecución del acta de mediación, a fin de que se cumpla lo establecido en el art. 47 de la Ley de Mediación, para que un juez de Familia verifique si se ha cumplido el acta. No se debe olvidar que este documento tiene autoridad de cosa juzgada, por lo tanto es de obligatorio cumplimiento de las partes.

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Ab. Efrén Guerrero.
Telf.: 099-985-1975.