Pablo tiene la intención de adquirir un camión y adecuarlo para vender comida argentina y choripanes en la ciudadela Álamos Norte, en Guayaquil. Él, al igual que otros 30 solicitantes, inició el proceso en el Municipio para ser calificado y, posteriormente, empezar a operar bajo este giro de negocio.

Esto luego que, a finales de 2021, se aprobara la ordenanza que regula el funcionamiento de vehículos (móviles, auto impulsado o en un remolque) utilizados para la preparación y venta de alimentos en la ciudad.

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Para el emprendedor de 36 años, quien ya tuvo otro establecimiento de comida rápida hace dos años, la ciudad tiene puntos estratégicos de alto flujo vehicular y de usuarios que pueden resultar favorecedores para los camiones de comida o food trucks. “Hemos observado potencial oportunidad en sectores de Urdesa, Ciudad Colón e incluso en el parque Samanes y al norte. La Joya también es un sitio bueno para estacionar los carritos”, comentó.

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Sin embargo, un tema que le inquieta es que aún no recibe respuesta del Municipio para saber los principales lineamientos para empezar a operar. Él anota que colocó la solicitud en enero y hasta ahora solo tiene la respuesta del recibido.

Asimismo, María Teresa Valverde emitió su solicitud para tener un food truck el 14 de enero de este año. Ella relató que, entre sus averiguaciones, cotizó que levantar una infraestructura móvil de ese tipo aproximadamente costaría $ 10.000. “Necesito que se definan horarios, zonas; necesito certezas para saber si es que a la final será viable invertir”, dijo Valverde, quien añadió que es necesario acelerar la aprobación de las solicitudes para crear un plan de negocios.

Por ejemplo, en su idea inicial está levantar un camión de helados como los que existían hace unos diez años. “Debemos saber si nos van a permitir ubicarnos en cualquier lugar o si estaremos en alguna plaza o patio, porque esto no sería tan favorecedor para el concepto de comida móvil”, acotó.

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El Municipio detalló que de las 30 solicitudes recibidas, aún no se han otorgado permisos ya que se está trabajando en el manual de operaciones que saldrá en circulación este mes. “Es con base en este proceso que se estudia la pertinencia y correspondiente aprobación de los casos receptados y el de futuros requerimientos”, detalló la directora de Planificación Urbana, Proyectos y Ordenamiento Territorial (Dupot), Verónica Landín.

En este manual, para el funcionamiento de vehículos móviles de expendio de comida, se establecerán 56 primeras ubicaciones en los 14 distritos de planificación de Guayaquil.

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La demora, según algunos de los solicitantes, ha hecho que otros desistan. Esto a pesar de que el funcionamiento de unidades móviles que comercializan alimentos no es un fenómeno nuevo en la ciudad. Varios de estos vehículos proliferan en zonas del norte y dentro de ciudadelas privadas; pero sin una regulación establecida.

Una de las personas que ingresó su pedido de permiso al Municipio en enero desistió de invertir en este tipo de negocio y optó por adquirir un vehículo con los ahorros que contaba. “No sabíamos lo que iba a estar permitido o no, decidimos con mi esposa dar un paso al costado”, mencionó.

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Entre las principales prohibiciones para que estos vehículos de comida operen están arrojar desperdicios o aguas residuales a la vía pública, esto incluye los canales de aguas lluvias y el sistema público de alcantarillado.

La comercialización o expendio de alimentos en mal estado de conservación, asimismo la publicidad sonora o visual distinta a la prevista en el manual de aplicación de la ordenanza que faculta su ordenamiento.

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Un punto a considerar, según los emprendedores, es que no se contempla la opción de utilización de gas licuado en los vehículos móviles de expendio de alimentos. Esto, aseguran, elevará el costo de inversión por cuanto se tendría que adecuar fuentes de suministro eléctrico.

Los principales requisitos

Son 19 los requisitos que se establecen para que este tipo de negocios puedan funcionar en la ciudad.

  1. Entregar un listado de las personas -plenamente identificadas- que laborarán dentro del vehículo móvil. Se permitirá un máximo de cuatro personas (igualmente el número de personas será evaluado por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil en función del tamaño del vehículo de comida). Cada una de estas personas deberá contar con lo siguiente:
  2. Especificar la ubicación y horario para la obtención de la autorización municipal y, de requerirse otro punto, deberá ser solicitado también con ubicación y horario. Previo a la autorización municipal se deberá tener la aprobación del recorrido del vehículo la misma que será autorizada por la Empresa Pública Municipal de Tránsito y Movilidad de Guayaquil.
  3. Detallar los lugares privados o públicos en donde se planea colocar al vehículo cuando su intención sea de venta de alimentos en eventos ocasionales. Para este tipo de permisos, el solicitante deberá adjuntar un contrato de arrendamiento del espacio privado o un contrato de servicios por el evento en el que se vaya a trabajar.
  4. El horario de ventas deberá ser respetado durante toda la vigencia de la autorización del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil.
  5. Un detalle del menú de alimentos y bebidas que se piensa vender, sobre este punto, si el sitio en el que piensa establecerse o la ruta planteada son turísticos, se pedirá un pronunciamiento a la Empresa Pública Municipal de Turismo, Promoción Cívica y Relaciones Internacionales de Guayaquil.
  6. Autorización o disposiciones emitidas por la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Guayaquil o su concesionaria Interagua. En cuanto al sitio en donde se deben vaciar las aguas servidas del vehículo gastronómico.
  7. Adjuntar un Plan de Seguridad Industrial por la instalación especial de este tipo de vehículos.
  8. Acreditación de que es un contribuyente registrado en el Servicio de Rentas Internas (SRI).
  9. Documento que acredite la titularidad del vehículo gastronómico o tener un contrato de alquiler notarizado, cuya duración mínima será de un año.
  10. Fotos y descripciones de las instalaciones del vehículo, detallando las medidas internas de las mismas. La instalación deberá observar el diseño y equipamiento básico contenido en el Manual Básico para la Operación de Vehículos Móviles de Expendio de Alimentos.
  11. Si el solicitante es una persona jurídica, quien suscriba las comunicaciones será su representante legal, adjuntando copia del nombramiento vigente, debidamente inscrito en el Registro Mercantil.
  12. La unidad a ser modificada para este tipo de servicio deberá contar con una revisión técnica vehicular vigente. En caso de ser una unidad nueva, deberá someterse a una Revisión Técnica Voluntaria, la misma que deberá ser aprobada por la unidad.
  13. Adicionalmente, el solicitante no deberá ser un deudor moroso del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil, esto se verificará internamente.
  14. El solicitante deberá ser mayor de 18 años.
  15. El vehículo deberá contar con botiquín de primeros auxilios y con extintores de incendios debidamente autorizados.
  16. El conductor deberá tener licencia de conducir otorgada por la autoridad competente.
  17. El solicitante deberá contar con carta con la aprobación del propietario del predio frentista al área de ocupación solicitada, de ser el caso. (I)