La que era una noche de diversión improvisando la vía pública como cancha de indorfútbol se convirtió en una escena de pánico en las calles Abel Castillo y Camilo Destruge, en el suroeste de Guayaquil, cuando el conductor de un auto se chocó contra uno de los arcos e impactó a tres menores que jugaban a la pelota.

El hecho ocurrió pasadas las 21:30 del sábado 25 de junio. Según videos captados por cámaras de seguridad de viviendas del sector, luego del choque el chofer retrocedió el vehículo y huyó ante el intento desesperado de otras personas por detenerlo para que se haga responsable de lo ocurrido.

Instalación de un semáforo piden en Abel Castillo y Camilo Destruge, sector donde tres niños fueron impactados por vehículo

Tres niños de 13, 10 y 8 años resultaron con lesiones que pudieron ser más graves a no ser porque la estructura metálica (arco) frenó la fuerza del impacto del automotor. Como consecuencia de aquello las mallas quedaron hundidas ya que sirvieron como una especie de escudo para los menores.

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Este accidente fue denunciado ante la Fiscalía y las familias de los niños esperan que las autoridades den con el responsable del hecho, quien presumen conducía bajo los efectos del alcohol.

En Guayaquil, de enero a mayo del año en curso la Agencia de Tránsito y Movilidad (ATM) registró 273 siniestros tipo atropello que causaron 19 muertes en el sitio del hecho. Durante todo el 2021 hubo en la ciudad 676 accidentes de esta tipología con 59 fallecidos in situ.

En el 2020 se registraron 623 siniestros de esta naturaleza con 44 muertos; y en 2019, 995 siniestros provocaron 38 decesos.

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Las vías más críticas respecto a este tipo de siniestro, según la ATM, son la Perimetral, Narcisa de Jesús, más conocida como Terminal Terrestre-Pascuales, y Francisco de Orellana, ubicadas en el sur y el norte de la urbe porteña.

Peatones cruzan la 25 de Julio sorteando los vehículos, frente al centro comercial Riocentro Sur, donde se pide señalética vertical. La horizontal está prácticamente borrada. Foto: El Universo

No obstante, los atropellamientos también se dan en calles o arterias menos transitadas como el que ocurrió en Abel Castillo y Camilo Destruge, donde los moradores piden la instalación de un semáforo ya que los conductores irrespetan el disco Pare. En el sector funciona una escuela.

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A inicios de mayo anterior, en las calles Capitán Nájera y Gallegos Lara, Humberto Manrique fue atropellado por un vehículo tipo furgón mientras se trasladaba en una bicicleta. El siniestro se produjo alrededor de las 16:00 y, según la denuncia presentada ante la Fiscalía, el conductor del carro se pasó la señal de Pare que hay en la segunda arteria citada e impactó al ciclista, quien quedó tirado mal herido.

Aunque hay siniestros en los que se presume o adjudica la responsabilidad a los conductores, en otros sitios los peatones reclaman señalética para su seguridad.

Es el caso de la avenida 25 de Julio, donde en los carriles con sentido hacia el Puerto Marítimo, frente al centro comercial Riocentro Sur, no hay un semáforo para los automotores ni para los peatones que quieren cruzar de oeste a este.

La señalética horizontal (paso cebra) está prácticamente borrada en este lugar de alto flujo vehicular.

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Sanciones contempladas en el COIP

El artículo 376 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) señala que quien conduzca un vehículo en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas y ocasione un accidente de tránsito del que resulten muertas una o más personas, será sancionado con pena privativa de libertad de 10 a 12 años y revocatoria definitiva de la licencia para conducir.

Los cinco sectores de Guayaquil con más índices de accidentes de tránsito durante lapso de 3 años

Según el artículo 377, la persona que provoque un accidente de tránsito del que resulte la muerte de una o más personas por infringir un deber objetivo de cuidado, será sancionada con prisión de 1 a 3 años y suspensión de la licencia de conducir por seis meses una vez cumplida la pena privativa de libertad.

La pena se extiende de 3 a 5 años cuando el resultado dañoso es producto de acciones innecesarias, peligrosas e ilegítimas, tales como exceso de velocidad, conocimiento de las malas condiciones mecánicas del vehículo, llantas lisas y desgastadas, haber conducido el vehículo más allá de las horas permitidas por la ley o malas condiciones físicas de la o el conductor, inobservancia de leyes, reglamentos, regulaciones técnicas u órdenes legítimas de las autoridades o agentes de tránsito. (I)