La decisión del Gobierno de Ecuador de poner fin al requisito de portar mascarillas se aplicará de diferente forma en los dos principales aeropuertos del país.

Y es que, si bien la disposición nacional libera del uso de tapabocas en los espacios abiertos y cerrados, la decisión final la toman los Comités de Operaciones de Emergencia (COE) de cada ciudad.

Así, el aeropuerto de Quito anunció que ya no es obligatorio el uso de la mascarilla en sus instalaciones. Esto debido a que el COE metropolitano de Quito acogió la decisión del COE nacional.

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En Guayaquil hay ciudadanos que dicen que seguirán usando mascarillas en espacios abiertos por precaución; otros avalan decisión del Gobierno de liberar uso

Ante la disminución de contagios de la enfermedad, los aforos permitidos en el aeropuerto de Quito se han restablecido al cien por ciento, pero se mantiene como requisito para el ingreso a la terminal la presentación del certificado de vacunación, anunció la terminal capitalina.

En Guayaquil, en cambio, el uso de mascarillas dentro del espacio cerrado del aeropuerto seguirá siendo obligatorio. Esto porque el COE de Guayaquil resolvió mantener como obligación el uso de tapabocas en los espacios cerrados.

“Es una disposición dada por el COE: en el aeropuerto se seguirá exigiendo la mascarilla”, confirmó un funcionario de la terminal.

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COE de Guayaquil decide mantener uso obligatorio de mascarillas en espacios cerrados, como planteles, mercados y centros comerciales

La resolución emitida el jueves por el COE nacional no incluye cambios o suspensión de los requisitos de ingreso al país por vía aérea ni los requisitos para viajar a Galápagos.

Los requisitos vigentes son estos:

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• Declaración de Salud del Viajero, disponible en el siguiente hipervínculo: https://declaracionsalud-viajero.msp.gob.ec/

• Todo viajero mayor a 3 años deberá presentar de forma obligatoria el certificado de vacunación con código QR o carné de vacunación contra el COVID-19 válido con al menos catorce días de vigencia después de completar el esquema, o el resultado negativo de una prueba RT-PCR realizada hasta 72 horas previas al embarque al Ecuador.

• Los pasajeros menores de 3 años no presentarán estos requisitos. (I)