Marlon Mejía y Romario Caicedo no podrán cumplir en la Supercopa Ecuador, que comenzará este sábado, sus respectivas suspensiones, aplicadas tras el partido contra Independiente del Valle, en la fecha número catorce de la LigaPro, porque el lunes pasado, cinco días antes del debut eléctrico en el nuevo certamen, en una “sesión radial” de la Federación Ecuatoriana de Fútbol, se modificó un artículo del reglamento que les habría permitido a los dos eléctricos pagar sus castigos y así poder alinear en el Clásico del Astillero que está postergado.

“Sabemos quiénes actuaron en esta comedia jurídica. Es ilegal, impresentable. Modifican los reglamentos aprobados en un Congreso con el argumento de que la Comisión de Redacción se equivocó. Es burdo. La inseguridad jurídica en el fútbol es total. Hay reglamentos a la carta”, protestó un directivo de Emelec que pidió que se mantenga la reserva de su identidad.

Mientras, para el constitucionalista Antonio Pazmiño Ycaza, síndico del club millonario, el cambio hecho es “completamente ilegal. La FEF aprobó una cosa, la misma FEF nos envía el texto tal y como se aprobó en el Congreso de fútbol y luego nos dice que no es así”.

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Pazmiño asevera que “no puede un órgano de la FEF, de inferior jerarquía a la que tiene el Congreso, indicar ahora que es un nuevo texto el que forma parte del actual artículo 30 del Reglamento de la Comisión Disciplinaria, en franca violación de lo que el legislador deportivo aprobó en su momento, en enero (anterior). Tampoco puede modificarlo luego de ser aprobado por el Comité Ejecutivo, y, de paso, codificado”.

La sesión radial

En una circular dirigida a las asociaciones provinciales de fútbol y clubes de las series A y B, la Federación comunicó el lunes que “el Comité Ejecutivo de Fútbol Profesional, en sesión radial celebrada el 14 de junio de 2021, conoció los ajustes a la redacción de los artículos 30 y 123 del Reglamento de la Comisión Disciplinaria de la FEF, presentados por la Comisión de Redacción”. Y explicó, en esa misiva, que la modificación del texto se hizo “en virtud de que se estaban generando diversas y erradas interpretaciones”.

En documentos a los que tuvo acceso este Diario se confirma que el artículo 29 (que pasó a ser 30, tras la modificación) determinaba, en su parte medular, que “las sanciones establecidas en este reglamento que se refieran a partidos o fechas de suspensión, serán cumplidas en todas las competiciones que organice la Federación Ecuatoriana de Fútbol y la Liga de Fútbol Profesional”.

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El síndico de Emelec asegura que “este texto era el correcto, habida cuenta de la reforma aprobada en el Congreso del 29 de enero de 2021. El 21 de mayo de 2021 Angie Palacios Zambrano, asistente ejecutiva de la FEF, mediante correo electrónico, se dirigió a quienes estamos acreditados ante la Federación como dirigentes, indicando que un archivo adjunto encontraríamos en PDF los Reglamentos de la FEF correspondientes al 2021. Ella adjuntó el nuevo texto del Reglamento de la Comisión Disciplinaria. Y ese texto del anterior artículo 29 hoy 30, decía que las sanciones relacionadas con partidos o fechas de suspensión se cumplirían en todas las certámenes que organicen la FEF (en este caso la Supercopa Ecuador) y la LigaPro”.

‘No hubo errores de redacción’

Pazmiño da más argumentos sobre la inexistencia de errores en la redacción original del reglamento que fue modificado. En entrevista con este Diario dijo que “15 de abril anterior se convocó a un Comité Ejecutivo para el 23 de abril, y en el adjunto a dicha convocatoria estaba el texto del actual artículo 30, tal como fue aprobado por el Congreso de enero. Ese texto, que permitía que los castigos se cumplan en todos los torneos de la FEF y la LigaPro, fue ratificado por el Comité Ejecutivo y codificado”. Agrega el constitucionalista que “el (pasado) 14 de junio, sorpresivamente, porque nunca conocimos que se iba a reunir el Comité Ejecutivo, se dirige a nosotros nuevamente Angie Palacios indicándonos los ajustes realizados. ¿Ajustes? Realmente se hizo una reforma”.

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La parte que posibilita a los futbolistas suspendidos a cumplir sus penas en “todas las competiciones de la FEF y la LIgaPro” es la que habría permitido que Mejía y Romario, al no ser alineados en la Supercopa Ecuador, este sábado contra Guayaquil City, estar disponibles para enfrentar a Barcelona.

La modificación decisiva

Pero luego de la “sesión radial” el texto quedó así: “Las sanciones establecidas en este reglamento que se refieran a partidos de suspensión, se impondrán única y exclusivamente dentro del campeonato donde la infracción fue cometida”. La implicación de las puntualizaciones “única y exclusivamente” determina que Mejía y Caicedo deben cumplir sus castigos en el campeonato en que cometieron sus faltas, es decir en el torneo de la LigaPro y ya no en la Supercopa Ecuador.

Y aunque las penas por suspensión se pagan únicamente en el torneo donde fueron recibidas hay otras que el reglamento sí permite que se cumplan en todos los certámenes de la Ecuafútbol o la Liga Profesional, como dice el artículo 30 en su segundo inciso: “Por su parte, las sanciones establecidas en este reglamento que se refieran a infracciones por dopaje o periodos de inhabilitación, serán cumplidas en todas las competiciones que organice la FEF y la LigaPro, así como las establecidas en el artículo 232 del Reglamento del Comité Ejecutivo, con relación a los partidos amistosos”. (D)