En las oficinas de una urbanización de la vía a Samborondón se pide como “anticipo” de la villa que el “cliente” quiere comprar, el 10% sobre el valor de dicha villa, dándole de plazo cinco meses para pagar en su totalidad la mencionada suma de dinero.
Los clientes son atendidos por las vendedoras y no por los ejecutivos de la urbanización que motiva esta inquietud, y cuando el cliente por motivos económicos decide retirarse y pide la devolución de los valores entregados, los representantes del departamento legal de la citada urbanización, no entregan ningún valor, aduciendo que si el valor por devolver es menor al 10% del total contratado, es decir, el valor de la villa en negociación, no hay ninguna diferencia por entregar, ya que el cliente tiene que pagar por multa o ‘pena’ dicho porcentaje.
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Esta ‘pena’ no tiene ningún fundamento legal, para ser descontada de los valores entregados por los clientes, cuando estos deciden por cualquier motivo que se les devuelva lo anticipado al valor de la villa.
Lo acontecido significa una estafa al cliente, la que debe ser investigada y sancionada por las autoridades correspondientes, para que no se continúe perjudicando a las personas que necesitan una villa propia para vivir con sus familiares y que después se retiran por diversos problemas económicos.
César López Iturralde
doctor, Guayaquil