Ministerio de Trabajo insiste que el 13º sueldo no paga el Impuesto a la Renta. El SRI dice que sí.

Con la cercanía de la fecha límite de pago del decimotercer sueldo o bono navideño que deben recibir todos los trabajadores hasta el 24 de este mes, también las autoridades intentan acercarse para lograr un acuerdo que defina si este beneficio laboral es o no susceptible para el cálculo del Impuesto a la Renta (IR).

La reunión será hoy, en la Procuraduría del Estado, con autoridades de esta entidad, del Ministerio de Trabajo y del Servicio de Rentas Internas.

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El ministro de Trabajo (e), José Serrano, insiste en que esta remuneración está excluida del descuento y que en la cita de hoy hará que rija el principio constitucional.

Pregunta: ¿Cuál es ese principio?
Respuesta: Está en el artículo 35 de la Constitución, que dice que cuando exista duda entre la norma que se debe aplicar con relación a derechos laborales, prevalecerá la más favorable a los trabajadores. Además existe una disposición del Código de Trabajo (artículo 112) que establece que el decimotercero no está sujeto al pago del IR.

P: Pero el SRI tiene su posición, ¿cuál se impondrá?
R: El SRI manifiesta que la ley para la reforma de las finanzas públicas establece cuáles son los ingresos exentos del IR y que en esa norma no está el decimotercero. Entonces, como hay contradicción entre las dos normas (Código de Trabajo y Ley de las Finanzas Públicas) debemos aplicar el principio constitucional y en este caso es la que más favorece al trabajador.

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P: ¿Qué va a pasar si el SRI no lo acepta?
R: Lo que vamos a hacer mañana (hoy) es llegar a un acuerdo y definir un criterio unificado, porque en realidad quien debería dilucidar el tema es el Tribunal Constitucional, pero no lo tenemos.

P: ¿Si hay un acuerdo para que rija el principio constitucional, la aplicación será inmediata?
R: Definitivamente sí. Sería aplicable para la remuneración del decimotercero.