Martes y miércoles, Alfonso Harb recorrió canales de TV y emisoras de radio. En su periplo, el legislador llevó un CD con unas conversaciones telefónicas interceptadas a él mismo y al líder máximo de su partido, León Febres-Cordero. Lo llevó como prueba de que era necesario criminalizar la intervención ilegal de las comunicaciones y proteger la privacidad de las personas.

El jueves se divulgó el contenido del CD por Ecuavisa. Las conversaciones son inofensivas. Nada digno de mencionar, aparte del reverencial “Presidente” de Pascual del Cioppo al contestar el teléfono a Febres-Cordero.

Si bien el CD de Harb funciona como prueba de que la intercepción telefónica existe, también puede ser interpretado en otro sentido: prueba que los periodistas no son quienes intervienen llamadas, ni las graban,  y peor aún las difunden, salvo contadísimos casos, que ya veremos más adelante.

Publicidad

Por eso, la Ley reformatoria del Código Penal aprobada por el Congreso sorprende por su carácter reduccionista en un asunto tan complejo.

Actualmente, el emplear cualquier medio electrónico para interceptar o interferir los sistemas de telecomunicaciones ya es un acto ilegal, a menos que lo ordene un juez.
Sin embargo, estas prácticas no están criminalizadas y probablemente por ahí la necesidad de una reforma legal.

Lo interesante es que la intercepción o interferencia telefónica no es un delito que pueda cometerlo un ciudadano común y corriente. Los casos de espionaje telefónico son obra o bien de los organismos de seguridad del Estado o bien de oscuras redes que operan al interior del propio Estado.

Publicidad

Aunque en su momento fue motivo de escándalo público, nunca quedó en claro qué alcance tenía la red que supuestamente operaba en el  régimen de Lucio Gutiérrez y que según las denuncias estaba dirigida por el ex ministro de Gobierno, Óscar Ayerve, y materializada por los oficiales de Policía, Stalin Sacoto y Gerardo Zapata.

Tampoco se sabe si la red fue desarticulada o sigue operando. Algunos indicios indican que no. Toda esa investigación de fondo se diluyó bajo el peso del entretenido “show” que se armó en el set de Teleamazonas con un viejo equipo de intercepción y grabación de llamadas entregado por un oficial de Policía.

Publicidad

Lo único que debiera hacer el Congreso en este tema es asegurarse de que ese Estado, del cual forma parte, no viole tan crasamente los derechos ciudadanos. ¿Se lo puede conseguir con una ley? Es muy dudoso.

Entonces, ¿por qué se mete a la prensa en esta colada? Lo dicho antes, el proyecto de Harb es tan reduccionista que da escalofríos. A la interferencia e intercepción se suman otras actividades propiamente periodísticas: “grabar, publicar y divulgar” conversaciones telefónicas (entre otras cosas). Esas actividades no eran ilegales bajo otra normativa. Ahora, se las criminaliza. ¿Encontramos prácticas en los medios de comunicación ecuatorianos que justifiquen la disposición?

Carlos Vera en su concesiva entrevista a Harb (tampoco podía ser duro con  quien es su candidato a presidente del Barcelona), expuso un ejemplo bastante naif de las grabaciones telefónicas periodísticas: un reportaje de Lenin Artieda donde se llama a un prostituto que se anuncia en el periódico, sin advertirle que es para un reportaje periodístico.

Las prácticas de la ética periodística recomiendan que el periodista siempre debe identificarse y pedir autorización para grabar una conversación. El off the record es un principio sagrado que alimenta la reputación de un profesional como un periodista serio y no como lo sugería Harb –sin que Vera lo desmintiera– una falacia, porque “uno sabe a lo que se atiene cuando habla con un periodista”.

Publicidad

Sin embargo, violaciones a esos principios éticos no justifican una ley que las criminalice. La ética es una potestad, una forma de actuar de cada persona frente a situaciones que son dilemas. Nadie puede imponer la ética por ley.

Todo lo contrario, los casos recientes de grabaciones divulgadas por los medios han sido expuestos por actores políticos. Denuncias sobre la presunta red de espionaje en el gobierno de Gutiérrez, donde las víctimas eran periodistas o activistas. Las grabaciones que entregó el ex edecán Fausto Bravo de sus conversaciones con Gustavo Pacheco. Y los materiales que periódicamente entregan Carlos González y Guillermo Haro...

Una muestra: este jueves, el diputado González hacía su semanal comparecencia en el set de Teleamazonas para revelar con pelos y señales una supuesta conversación del presidente Alfredo Palacio con un comandante militar recientemente relevado de su cargo. ¿Ese tipo de revelaciones también serían penalizadas? Pero, claro, los diputados tienen inmunidad.

Otro ejemplo. Justamente cuando se debatía la existencia y desmantelamiento de la red de espionaje supuestamente montada por su amigo Óscar Ayerve, el diputado González se encargó de hacer en pleno Congreso una denuncia bomba: los periodistas de Teleamazonas, Milton Pérez y María Fernanda Zabala, tenían intervenidos sus teléfonos. En el escándalo, lo único que quedó claro es que  existió una orden –imprudente, digamos– del Fiscal de delitos contra la vida a la compañía telefónica para registrar las llamadas de los comunicadores, todo como parte de las investigaciones para dar con el paradero de Ayerve.

GALERIA

La reforma al Código Penal propuesta por el diputado Alfonso Harb provocó las condenas unánimes de la prensa y sus asociaciones como la Aedep, cuyo comunicado fue  extractado en diversos canales (foto 1). El espionaje telefónico no es obra de los periodistas sino que ha sido atribuido a una red que operó en el régimen de Gutiérrez, como se  escucha en las grabaciones que Harb expone como prueba (foto 2). Se desconoce si esa red está desmantelada. En otro episodio que tampoco se aclaró en su tiempo, Carlos González denunció que dos periodistas de Teleamazonas tenían intervenidos sus teléfonos (foto 3).