El directorio del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria (SESA)  aprobó el reglamento de la normativa general que promueve y regula la producción orgánica local.

La norma de reciente vigencia modifica el manual de procedimientos y formularios del Sistema Nacional de Control (SNC) y fija las tarifas para cada uno de los servicios de análisis, inspecciones a cultivos y certificadoras, registro de agencias certificadoras acreditadas, productores, procesadores, comercializadores e inspectores de agricultura orgánica.

El SESA, como autoridad competente, desarrolló un manual de procedimientos y formularios del SNC  basado principalmente en los requerimientos de algunas guías ISO/ICE o requisitos INEN generales para organismos que operan en evaluación y certificación.

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También el organismo tramitará convenios de homologación de este ámbito ante gobiernos extranjeros y hará cumplir en el país los suscritos  en materia de procedimientos de control y normatividad de la producción agrícola y pecuaria orgánica.

El organismo  evaluará la eficacia  de los componentes del sistema de certificación. 

Sobre este punto, la comisión técnica  del Plan Nacional de Investigación en Agricultura Orgánica advirtió que los insumos   (biofertilizantes, bioplaguicidas, etcétera)  elaborados aquí o que se importan y se comercializan en el país   tienen poco control del Estado y se expenden sin pruebas  reales de eficacia. Incluso indica  que la investigación en agricultura orgánica se ha concentrado  casi exclusivamente en aspectos agronómicos.