Según la entidad, el  desembolso de $ 15 millones para el  pago a empleados afectaría el servicio que presta.

Un conflicto laboral enfrenta a directivos y empleados  de la Junta de Beneficencia de Guayaquil. El Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Ministerio de Trabajo obliga a la entidad -a través de un fallo emitido el 21 de octubre pasado- a que cancele un bono mensual de comisariato, con retroactivo desde el año 2000, a sus más de 5 mil empleados.

La cifra, según el procurador principal de la institución, Raúl Gómez, supera los $ 15 millones. El funcionario advierte cuáles serían las consecuencias de la resolución: la junta podría cerrar uno de sus 4 hospitales y eliminar algunos servicios. Gómez explica que de los $ 60 millones que  la entidad tiene como presupuesto anual,  el 53% se destina  al pago de salarios. 

Publicidad

Pero el tribunal, encabezado por el inspector Ángel Carriel,  señala que  el artículo 9 de la resolución  13 del Consejo Nacional de Remuneraciones (Conarem) contempla el pago de este beneficio y dispone su cumplimiento.  

Gómez desestima este fallo. Niega adeudar este rubro, pues -según alega- en la firma del Sexto Contrato Colectivo el gremio aceptó, en el artículo noveno, pactar directamente con la institución los valores que se les debía cancelar por dicho concepto.

El funcionario  sostiene que, desde el año 2000, los empleados recibieron -en compensación- incrementos  superiores al bono referido.     Uno de los abogados de la entidad, Carlos Julio Rivas, explica que quienes ahora reclaman la cancelación del bono son los mismos que suscribieron el acuerdo con los empleadores. 

Publicidad

El Tribunal de Conciliación y Arbitraje le resta validez a este argumento. Según  indica, no se puede acordar “libre y voluntariamente” un valor por este concepto.
Y da razones: El artículo 35 de la Constitución dispone que los derechos de los trabajadores son irrenunciables. Añade que se declarará nula a toda estipulación que implique una alteración.

Y este es justamente el andamio donde los trabajadores asientan sus reclamos. Según una de las dirigentes del sindicato, Carmen Torres, ellos aceptaron esas condiciones “por desconocimiento”.

Publicidad

Torres acepta que ella y otros dirigentes suscribieron un acuerdo con la junta  con respecto al pago del bono. Reconoce, además, que en el documento renuncian a futuros reclamos por este motivo.   Aún así, justifica la acción:  “No estábamos bien informados y fuimos utilizados”. 

Los empleados también piden que se desunifiquen sus salarios y que se les incremente el valor del subsidio familiar de $ 0,32 a $ 1 por cada carga. Los directivos  dicen no tener reparos en acoger estas dos peticiones, pero anuncian que apelarán el fallo del tribunal.    

POSTURAS

“Cualquier resolución contra derecho que afecte a la J. de Beneficencia provocaría su colapso económico con incalculables consecuencias, lo que repercutiría en el número y calidad de los servicios que la entidad brinda”. 
Lautaro Aspiazu,
director  J. de Beneficencia

Publicidad

”Los trabajadores reconocieron que los aumentos que realizamos en los salarios se  habían entregado por el bono. Ellos firmaron y no pueden reclamar ahora un pago retroactivo de ese valor”. 
Raúl Gómez,
procurador J. de Beneficencia

”La ley es irrenunciable. pese a que firmamos que no reclamaríamos en el futuro el pago de este bono podemos hacerlo por que no se puede anular lo que dice la ley. A algunos les correspondería recibir más de $ 3 mil”. 
Carmen Torres,
dirigenta de los empleados