El informe de minoría lo elaboró el presidente de la Comisión Jurídica del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y vocal de Nuevo País, Guillermo González, quien fue propuesto por la agrupación Alianza Democrática Nacional (ADN).

Esa organización participó en la caída de Lucio Gutiérrez el pasado 20 de abril y respaldó la Asamblea Constituyente convocada por el presidente de la República, Alfredo Palacio.

El documento –que consta de cuatro partes y tiene seis hojas–  calificó de constitucional el pedido del Jefe de Estado, posición que respaldó el vicepresidente del Supremo y vocal de Pachakutik, Vicente Naranjo.

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En el texto se argumenta que la pregunta para la consulta popular se enmarca en lo establecido en los numerales 2 y 6 de los artículos 104 y 171 de la Constitución, así como en los artículos 116 y 117 de la Ley Orgánica de Elecciones y los artículos 1, 2, 3 y 4 del Reglamento para la Consulta Popular y Revocatoria del Mandato, previsto en ese mismo cuerpo legal.

El informe enfatiza las facultades del Presidente de la República para convocar a referéndum y reitera que el pedido para la instalación de una Asamblea Constituyente es constitucional porque cumple el numeral 2 del artículo 104 de la Carta Política. Ese numeral establece que el jefe de Estado puede convocar a consulta popular para tratar temas de trascendencia nacional sin la aprobación del Poder Legislativo.

No obstante, en la sesión del TSE este informe se quedó con los dos votos de sus promotores y la convocatoria a consulta popular para la Constituyente fue devuelta al Ejecutivo.

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Precisamente este informe contaba con el respaldo de sectores de la sociedad civil que en manifestaciones públicas y en visitas al Presidente de la República intentaron presionar al organismo electoral para que dé paso a la consulta.

Ni la visita del ministro de Gobierno (e), Galo Chiriboga, el miércoles pasado, logró convencer a los otros cinco vocales del TSE de la legalidad de la convocatoria presidencial.