Palacio dijo anoche que convocará directamente al pueblo a una consulta popular para preguntarle si quiere una Asamblea de ‘plenos poderes’. El presidente de la República, Alfredo Palacio, optó finalmente por la Asamblea Constituyente como único mecanismo para dar paso a la reforma estructural del Estado que ofreció el 20 de abril pasado.

La decisión fue anunciada anoche en una cadena nacional en la que el mandatario explicó que después de todos los esfuerzos de diálogo, consenso y discusión con el Congreso y tras cumplir las etapas y plazos propuestos para la realización de una consulta popular consensuada, ahora “solo queda el camino de preguntar directamente al pueblo, a la fuente donde radica la soberanía”, si quiere una Asamblea Constituyente con plenos poderes.

La Asamblea es una instancia superior a los tres poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), es decir que tiene la atribución de cesar en funciones al Presidente de la República y al Congreso.

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Por quinto día consecutivo, la expectativa fue ayer la tónica en Carondelet, donde con el pasar de las horas se fue confirmando la tesis de que el régimen acogería el pedido que grupos de Derechos Humanos y otras organizaciones ciudadanas formularon el jueves pasado.

Estos pidieron la convocatoria inmediata a una Asamblea que decida cuáles son los cambios que se deben introducir en la Constitución Política del Estado y de ser el caso, la terminación del mandato del Presidente, Vicepresidente y de los diputados.

En su intervención, Palacio no explicó cuál será la vía legal que utilizará para concretar la convocatoria a la Constituyente, solo indicó que la próxima semana “desde la legitimidad que ostenta quien cumple con el mandato popular”, presentará un único tema para ser sometido a consulta popular, es decir, la Asamblea Constituyente.

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Precisamente Palacio ayer mantuvo intensas reuniones con su Frente Político para analizar dos opciones que permitirían concretar su proyecto. La primera, lograr un acuerdo con el Congreso para que este califique la urgencia de un proyecto de consulta popular sobre la Asamblea y, la otra, ir directamente al Tribunal Supremo Electoral y pedir que ese organismo haga la convocatoria respectiva.

El primer escenario es el que en principio querría alcanzar el Gobierno. El propio Palacio dijo anoche que ante el resurgimiento del espíritu del 20 de abril, se empieza a hablar de una tregua, que calificó de tardía. “Aunque bienvenida, solo es posible si se asumen, de cara al pueblo, los compromisos del 20 de abril”.

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El ministro de Gobierno (e), Galo Chiriboga, confirmó que ya contactó al presidente del Parlamento, Wilfrido Lucero (ID). Ambos acordaron mantener una reunión para analizar el tema. Ese encuentro, sin embargo, se postergó para la próxima semana por “motivos de salud” del presidente de la Legislatura.

Chiriboga, por decisión presidencial, será el encargado de llevar adelante los diálogos con los diputados hasta que termine el proceso y para ello contará con la colaboración del ministro de Defensa, Oswaldo Jarrín, según trascendió en Carondelet.

DICE LA LEY

Consulta
Según el artículo 104 de la Constitución el Presidente de la República podrá convocar a consulta popular para reformar la Constitución, según lo previsto en el Art. 283. Pero también, cuando a su juicio, se trate de cuestiones de trascendental importancia para el país.

Artículo
Según el Art. 283 dice: El Presidente, en los casos de urgencia, calificados previamente por el Congreso, con el voto de la mayoría de sus integrantes, podrá someter a consulta popular la aprobación de reformas constitucionales.

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