A pocas horas de que el Presidente de la República enviara al Congreso Nacional el texto de las preguntas que deben ser calificadas como urgentes para proceder a convocar a una consulta popular que viabilice una reforma político-electoral, hago mi primer comentario, en la seguridad de que con más tiempo y con mayor análisis será posible hacer un desglose más profundo de su contenido.

1.– Comienzo por decir que luce positivo que la reforma proponga que los partidos políticos elijan interna y democráticamente a sus directivos cada dos años, así como que se realicen elecciones primarias entre al menos dos precandidatos de cada partido y movimiento político para escoger a los candidatos a presidente, vicepresidente, alcaldes, prefectos, pero me parece utópico que se exija a cada partido político “contar con un número de afiliados que sea igual o superior al cinco por ciento (5%) del padrón electoral nacional”.

2.– Se pretende nombrar un Jefe de Gabinete cuya función será desempeñarse como un difuso “responsable político de la actividad de la Administración Pública Nacional y de las relaciones con otros poderes” (¿y eso qué implica?), pero no es muy coherente que se nombre jerarca o director de un cuerpo colegiado que, como tal, no tiene ninguna atribución administrativa ni política, pues el Gabinete actúa únicamente como consejero del Presidente sin facultades ni responsabilidad en el organigrama respectivo. En otros países el Consejo de Ministros sí toma decisiones legalmente obligatorias, pero en el Ecuador no.

3.– Se insiste en la bicameralidad del Congreso Nacional con un número de diputados que no se menciona y con 35 senadores elegidos nacionalmente, lo cual ocasionará la protesta de los partidos pequeños y de las provincias poco pobladas, con mayor razón si se quiere dejar al Senado la designación de todos los funcionarios públicos de alto nivel como Procurador General del Estado, Ministro Fiscal General, Defensor del Pueblo, Contralor, etcétera. Además, el problema no está en la Cámara única sino en la calidad de los legisladores.

4.– Parece plausible el afán de nombrar un Tribunal Constitucional y un Tribunal Supremo Electoral que nazcan de la participación ciudadana, pero si provienen de una comisión tripartita designada por el Presidente, el Congreso Nacional y la Corte Suprema de Justicia, sin duda que dichos tribunales serán organismos altamente politizados, y eso es precisamente lo contrario de lo que se quiere conseguir con juristas de prestigio y de renombre.

Finalmente, como no tengo espacio para decir más por el momento, señalo que la tan necesaria pregunta sobre las autonomías puede ser rechazada de plano por el Congreso, pues no consta aparejado el proyecto de reforma constitucional como lo manda la Ley Suprema, lo que podría hacer creer a los malpensados que no hay la verdadera intención de impulsarla, y pasa lo mismo con los distritos electorales y con la primera pregunta relacionada con la propuesta de que el Congreso funcione solo una vez al año por tres meses consecutivos, y el resto del periodo a través de 7 Comisiones Legislativas Permanentes, contradictoria además con el contenido de otro artículo innumerado que menciona dos periodos anuales.

En fin, en la medida de lo posible seguiremos comentando este largo tema que desde su inicio ha tenido la oposición del Congreso Nacional, lo que significa que será este quien terminará haciendo la reforma al gusto y medida de sus integrantes.