Según la Ley de Refugiados, su regularización les permite la permanencia en el Ecuador.

El cubano Miguel Ramos Rodríguez ya perdió la noción del tiempo. Lleva 2 años y 8 meses detenido por indocumentado en el pabellón N° 2 del Centro de Detención Provisional (CDP) del Guayas, pero piensa que son más. Su encierro se le ha hecho eterno y le ha provocado una severa depresión, según un certificado de la Cruz Roja.

No recuerda cuándo salió de Cuba, pero en medio de sus divagaciones dice que prefiere quedarse, pese al juicio de deportación que inició en su contra la Intendencia del Guayas desde que fue capturado el 12 de febrero del 2003.

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De barba tupida y grandes ojos verdes, el cubano de 35 años se siente perdido. En el Ecuador no tiene familia, pero asegura “que  solo muerto regresaría a su tierra natal”.

Desde que está detenido sembró sus esperanzas en los integrantes del Comité Permanente de los Derechos Humanos, quienes preocupados por él tramitaron ante el Ministerio de Relaciones Exteriores su regularización.

La solicitud de refugio, presentada el 25 de agosto de este año ante la Oficina de Refugiados de la Dirección General de Derechos Humanos de la Cancillería, fue concedida el pasado 13 de septiembre.

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Desde esa fecha el extranjero está legalmente bajo el amparo de las leyes nacionales e instrumentos jurídicos internacionales, razón por la cual no puede ser deportado.

Empero su vida no será normal, pues luego de la celda le espera otro encierro en el hospital psiquiátrico Lorenzo Ponce, a donde deberá ir ramos por prescripción médica para recuperar la lucidez de su mente.

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En una situación similar se encuentra su compatriota Carlos Cadayón del Valle, a quien también en la misma fecha, la Cancillería le concedió la calidad de refugiado.

Nació en La Habana, ciudad de la que salió por turismo en el año 1993.

El 17 de septiembre de ese año llegó a Guayaquil a casa de una tía por parte de madre.

De estado civil soltero, el hombre de 1,80 de estatura y tez morena confiesa que por descuido no actualizó su pasaporte, lo que originó su detención el 3 de mayo del 2004.

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Entretenido en quehaceres de limpieza en el pabellón N° 1 del CDP, espera su pasaporte a la calle, para continuar con su vida en el Ecuador. “Ya no puedo volver”, expresa con firmeza el refugiado.

Dos solicitantes
La orden de libertad también benefició a los extranjeros Enrico Zwyssig Begiynger y Quetzal Cóath, quienes presentaron su solicitud de refugio el pasado 25 de agosto.

A ellos aún no le conceden la calidad de refugiados, no obstante el hecho de haberla pedido constituye un pasaporte a la libertad.

Ellos lo saben y por eso aguardaban con fe la firma que les hacía falta, pese a que aún está pendiente su trámite.

De nacionalidad suiza-paraguaya, Zwyssig confiesa que en Suiza su vida corre peligro, por una denuncia que él llama mal infundada.

El extranjero de rubia melena que le llega hasta la espalda, ingresó al país en el año 2000. A más de su solicitud de refugio está tramitando la deportación a Paraguay, tierra de donde era oriunda su madre.

Quetzal Cóath, quien se considera apátrida y sacerdote de la Orden Melquisedec, que sigue las enseñanzas de Jesús de Nazareth, ingresó al país el 15 de octubre del 2002.

Sostiene que fue apresado en octubre del 2004 en Montañita, mientras compartía sus creencias y sabidurías en servicios comunitarios.

De barba frondosa y unos collares multicolores, típicos de su orden religiosa, el apátrida cuestiona su detención. “Un país sin moneda y que no tiene Corte Suprema de Justicia no puede juzgarme solo por querer servir a la comunidad”, balbucea en un no muy claro español.

El intendente de Policía del Guayas, Roberto Ricaurte, firmó la tarde de ayer la boleta de libertad de los 4 extranjeros.

ANTECEDENTES

TRÁMITE
El Comité Permanente de Derechos Humanos tramita ante la Intendencia del Guayas la solicitud de refugio de los extranjeros que permanecen en el Centro de Detención Provisional.

LEY DE MIGRACIÓN
La detención se basó en el Art. 31 que señala que “cuando la deportación no pudiera efectuarse por tratarse de un apátrida (sin patria), por falta de documentos de identidad u otra causa, el Intendente de Policía dispondrá la internación del extranjero en un centro penitenciario, mientras se logre la deportación...”.