El concepto actual de la pena que se impone por delitos no es solo el de una sanción, sino también  búsqueda de rehabilitación, mediante el aislamiento y la reeducación.

Sin embargo, si reflexiona un momento sobre este asunto, convendrá conmigo en que muchos siguen pensando en la pena como un castigo, que se espera y se exige, y que la ansiada rehabilitación es puro cuento.

Otros, que conocemos programas como el que aplica la Confraternidad Carcelaria del Ecuador, estamos seguros que sí es posible conseguir la transformación de quienes, por motivos diversos, causaron muy graves daños.

La fe, el trabajo y la colaboración de las familias permiten, en un ambiente apropiado, encender o aumentar la autoestima y el respeto a los demás, de quienes siempre tienen la posibilidad, como usted o como yo, de ser mejores.

Los éxitos personales que se alcanzan, según un reciente reportaje de este diario, son suficiente acicate para que los voluntarios de esa Confraternidad no cejen en su trabajo apostólico, pese a las trabas que les interponen funcionarios de todo nivel.

Si los Centros de Rehabilitación Social no logran su cometido, ¿por qué no permitir que otros sí lo consigan?

Esta interrogante debe tener varias respuestas y yo le agradecería que usted me diera una o varias, para continuar en otra ocasión tratando este mismo delicado tema.

Por lo pronto, le hago presente lo que nuestra Constitución manda en su artículo 208, entre otras cosas:

“El sistema penal y el internamiento tendrán como finalidad la educación del sentenciado y su capacitación para el trabajo, a fin de obtener su rehabilitación que le permita una readecuada reincorporación social.

“Los centros de detención contarán con los recursos materiales y las instalaciones adecuadas para atender la salud física y psíquica de los internos.

“Estarán administrados por instituciones estatales o privadas sin fines de lucro, supervigiladas por el Estado…”.

Como podrá apreciar, el texto constitucional es claro, solo hay que tomar la sabia decisión de ponerlo en práctica. Es posible legalmente y exigible moralmente descentralizar enseguida la rehabilitación social de los sentenciados.

Cada día que pase sin solucionar los graves problemas que se viven en los centros reclusorios es un pecado social que debemos denunciar y enmendar.

¡Cuántas obras buenas se podrían realizar en verdaderos centros de rehabilitación humana!

¿Conviene abogar por su descentralización? ¿Sería tan amable en darme su opinión?