Quienes tienen hasta $ 100 podrán retirarlos los 7 días de la semana; el resto, en el horario bancario habitual.

El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) estableció los horarios para la devolución de los fondos de reserva, y las formas de pago, en el reglamento que aprobó el martes pasado.

Los beneficiarios que tienen acumulados hasta 100 dólares recibirán su dinero en efectivo a través de las entidades bancarias que suscriban acuerdos con el IESS, en un horario de 07h00 a 19h00, los siete días de la semana. Incluso durante los feriados.

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Para los afiliados con montos de 101 a 1.500 dólares, los fondos serán acreditados en las cuentas bancarias -de ahorros, corrientes o especiales- que estén a su nombre en una institución del sistema financiero nacional. La atención se ofrecerá dentro del horario normal de los bancos, de lunes a viernes.

En ambos casos, el cobro se podrá efectuar del 1 de septiembre próximo al 31 de enero del 2006. Sin embargo, en el reglamento, el IESS establece que los afiliados que no puedan acceder a sus recursos dentro de este plazo podrán hacerlo posteriormente, o mantenerlos en su cuenta individual de fondos de reserva dentro de la institución.

Para cobrar su dinero, los beneficiarios deben acudir a las agencias de los bancos que suscriban el acuerdo con el IESS, con su cédula de identidad y una copia legible.

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Seis entidades financieras tienen previsto firmar hoy dicho acuerdo para actuar como agentes pagadores de los fondos; entre ellas, los bancos Produbanco, Pacífico, Machala, Guayaquil, Pichincha y el sistema Servipagos.

Ernesto Díaz, director general del IESS, indicó que ayer por la mañana se definió que solamente Servipagos efectuará la devolución a los beneficiarios que tienen acumulados hasta 100 dólares. Se trata de una decisión que deberá confirmarse en el convenio por suscribirse.

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El martes y miércoles pasados, los técnicos de las entidades financieras y del IESS trabajaron en la definición de los aspectos operativos.

En un acuerdo preliminar, ambas partes establecieron un cobro por transacción en ventanilla de 60 centavos de dólar, y por acreditación en la cuenta de 20 centavos. El IESS asumirá esos costos.

Entre tanto, los afiliados cuyas empresas se encuentren en mora por fondos de reserva, tendrán derecho -según las reglas- a retirar el dinero, siempre y cuando existan convenios de pago por mora entre el IESS y el empleador. Las empresas deudoras asumirán el pago de los recargos e intereses generados por la mora.

Faltan cinco días hábiles para el inicio del proceso y, según cálculos del IESS, 1 654.000 personas podrán retirar sus fondos hasta el 31 de enero próximo.

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CONDICIONES

PAGOS AL DÍA
Para cobrar los fondos de reserva, los beneficiarios deberán estar al día en sus obligaciones con el IESS; por ejemplo, el pago de las cuotas correspondientes a los créditos quirografarios e hipotecarios.
En caso de que su cuenta individual se encuentre bloqueada, el afiliado debe solucionar este problema antes de acercarse a retirar su dinero.

EDAD
Los beneficiarios mayores de 60 años, según el reglamento que el Instituto aprobó, podrán retirar todos los fondos, aunque no completen todos los requisitos para acogerse a la jubilación.

CÉDULA
El pago se efectuará según el último dígito de la cédula de identidad. Este número debe coincidir con la fecha que le corresponde; por ejemplo, si la cédula termina en 1, podrá retirar su dinero, el 1, 11, 21 o 31 de cada mes.

LO QUE  DEBE SABER

Tengo 300 dólares de fondos de reserva, pero no tengo cuenta bancaria porque no dispongo de los 200 dólares que exigen los bancos para aperturarla. ¿Cómo voy a retirar entonces mi dinero?
El IESS y los bancos que entregarán dichos recursos no llegan a un acuerdo definitivo. Debe esperar a que se difunda su contenido para conocer si la apertura de una cuenta en esos bancos será obligatoria.

Mi cédula termina en 00, ¿en qué fechas  podré cobrar los fondos de reserva?
Los días 10, 20 y 30 de septiembre, octubre, noviembre, diciembre y enero próximos.

¿Qué trámites deben hacer y qué documentos deben presentar nuestros familiares que están en el exterior para poder retirar sus  fondos de reserva acumulados?
Los migrantes podrán retirar sus fondos de reserva a través de sus familiares que están en Ecuador. Para ello deberán enviar un poder notariado y legalizado por las  embajadas y consulados ecuatorianos en el país donde esté el migrante.
 
Estoy cesante desde hace tres años y en las oficinas del IESS nadie me da información respecto a la fecha ni al trámite que debo realizar para poder retirar mis fondos de reserva que no exceden los 1.000 dólares. ¿Existe alguna disposición especial para los cesantes?
Sí. Todos los afiliados que desde hace seis meses o más están sin trabajo podrán retirar sus fondos de forma inmediata, una vez que se inicien los pagos este 1 de septiembre. No importa el monto que tengan acumulado. Los cesantes y los afiliados mayores de 65 años tendrán prioridad para retirar sus recursos.

Tengo 1.800 dólares de fondos de reserva ¿Deseo saber si es cierto que en septiembre puedo sacar hasta  1.000 dólares y el resto para el próximo año?
No. La devolución solo está definida para quienes tienen hasta 1.500 dólares acumulados.

¿Es verdad que a quienes tenemos más de 1.500 dólares no nos van a pagar en efectivo?
El IESS no define ese punto. Hay una propuesta de que se entreguen bonos a ese grupo de afiliados, pero no está claro si será opcional u obligatorio.