Tengo 76 años, 32 años de aportaciones al IESS como empleado civil, con una irrisoria pensión mensual de 8,19 dólares hasta el año 2003, he reclamado por más de tres años consecutivos, pero la Subdirectora del sistema de prestaciones de la Regional 2, me responde que no tengo derecho, argumentando que como retirado militar no debo tener dos jubilaciones. Mi pregunta es: ¿sí así fuere el caso, en qué ley, reglamento o resolución está escrito? Hemos cumplido con todos los requisitos exigidos por el IESS, como tiempo de imposiciones acumuladas y edad.

Maliciosamente el sistema de prestaciones del IESS emite una resolución con dedicatoria para los retirados militares, publicado en el R.O. Nº 372 del 7 de julio del 2004, reconociendo para las prestaciones la primera mejora, no así total de tiempo acumulado al IESS. De aplicarse la resolución antes indicada, debería regir a partir de su publicación, no antes, porque la ley no tiene efecto retroactivo.

En el ámbito universal, los militares retirados somos pensionistas de las fuerzas armadas, no jubilados.

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Exijo una nueva reingeniería, como lo estipula la ley de seguridad social, porque el sistema que opera el IESS es obsoleto, perjudicando exclusivamente a los militares retirados, mismo que después de tal, hemos aportado al IESS. La historia prestacional como afiliado es solamente aquello, no tiene nada que hacer si fue retirado de las FF.AA.

Por favor, son conquistas, derechos adquiridos a título de nuestra ardua lucha en defensa de los más sagrados intereses de la nación ecuatoriana, tanto en guerra como en la paz. No son regalías lo que estamos exigiendo.

Alejandro S. Núñez Rosales
Quito