Legado anticipado
Si una persona desea repartir sus bienes en vida (legado anticipado) debe tener en cuenta que, según el Código Civil, si es casado solo puede disponer del 50% del patrimonio de la pareja.

De ese 50% que le corresponde, la mitad le pertenece legalmente al cónyuge o conviviente y a todos los hijos (los que haya procreado dentro y fuera del matrimonio). Sobre la otra parte, la mitad tendrá que destinar para mejorar las cuentas de sus descendientes (hijo, nieto). Y de lo restante, que es de libre disposición,  podría dejar, si así lo desea, a una tercera persona, que no necesariamente tiene que ser un familiar.

Si en vida desea hacer una donación que supere ese porcentaje, al morir, los herederos podrían reclamar y exigir la devolución de ese excedente.

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Para dar un legado anticipado se requiere hacer el trámite en una notaría:
Llevar la cédula de identidad, los pagos de impuestos prediales (si el bien que va a dar en donación es una propiedad), llevar la insinuación judicial o notarial, un propósito o declaración suya y la de dos testigos que aseguren que usted posee bienes suficientes que le permitan su manutención, de tal forma que al dar el bien no afecte gravemente su patrimonio. Si la propiedad es adquirida con su cónyuge, ella tendrá que comparecer a la celebración de la escritura. Debe considerar que según el art. 1443, la donación entre vivos, de cualquier especie de bienes raíces,  no tendrá validez si no es otorgada por escritura pública e inscrita en el correspondiente registro.

Legalización de predios
Los ciudadanos de las cooperativas que deseen realizar el trámite de legalización de predios, deberán ser previamente censados por la Municipalidad de Guayaquil.

Posteriormente tienen que acercarse a las ventanillas (59 a 70) del Cabildo o al primer piso en la oficina de Terrenos, entregar la copia de la cédula y una carpeta con vincha.

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El horario de atención en ventanilla es de 09h00 a 14h30, en el primer piso de 09h00 a 12h30 y de 13h00 a 14h30. El trámite es inmediato, al entregar los documentos se cancela el valor de legalización que es según la cooperativa.

Cambio de nombre
Si una persona mayor de edad desea cambiar sus nombres, deberá acercarse al departamento Legal del Registro Civil, ubicado en la Av. 25 de Julio, al sur de la ciudad, con los siguientes documentos:

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La partida de nacimiento con los datos del libro, una solicitud cuyo costo es de 2 dólares, una tasa que vale 50 centavos de dólar, más una copia de la cédula de ciudadanía y la papeleta de votación.

El departamento Legal se encargará de hacer el trámite correspondiente.