No se ha prestado la suficiente atención al proyecto de ley que el alcalde Jaime Nebot entregó hace pocos días al Presidente de la República para que lo haga suyo y como tal lo presente al Congreso Nacional para su discusión y aprobación, relacionado con exoneraciones tributarias a las nuevas inversiones en determinadas áreas productivas que no están explotadas, especialmente ahora que existe una aguda falta de trabajo junto con una marcada ausencia de transacciones en general.

El proyecto contempla la posibilidad de que se beneficie con estímulos tributarios de carácter temporal toda nueva inversión productiva que se establezca en cualquier lugar del país –no solo en Guayaquil– que provenga de capitales nacionales o extranjeros y que tenga como fin ciertas áreas específicas, tales como la generación hidroeléctrica o de otro tipo no convencional como podría ser la eólica, pero en ningún caso la térmica; la refinación e industrialización de hidrocarburos; la fabricación de circuitos integrados y procesadores informáticos; la construcción de puertos de aguas profundas y el establecimiento de centros de tráfico aéreo o de interconexión de vuelos internacionales.

El proyecto no solo considera que los beneficios se enderecen hacia empresas nuevas que no realicen una competencia inequitativa y odiosa a otras ya establecidas, pues lo contrario sería injusto, sino que fija como obligatoria una inversión mínima en activos fijos (terrenos, edificaciones, maquinarias, equipos, repuestos) de siete y medio millones de dólares para que la industria o la firma pueda gozar de los beneficios de las exoneraciones programadas, que comprenderían el pago del impuesto a la renta y sus adicionales, así como los impuestos a la importación de materia prima y bienes de capital, todo por el lapso de diez años contados a partir de la fecha de producción efectiva del negocio.

Si el presidente Palacio acoge la propuesta de Nebot y el Congreso Nacional la convierte en ley, podrán suscitarse nuevas inversiones estimuladas por estos incentivos tributarios, y con ellas la creación de nuevas plazas de trabajo que tanto necesita la vapuleada economía de nuestra deprimida y escéptica población después de los reiterados azotes políticos y de otro orden que ha padecido los últimos años de nuestra singular democracia.

El proyecto que comento está en consonancia con el contenido del artículo 271 de la Constitución, que nació en la Asamblea Constituyente de una propuesta de este servidor con el objetivo de que se incrementen las inversiones con todo su efecto multiplicador. La Constitución establece –y el proyecto lo repite– la posibilidad de que el Estado celebre, con los inversionistas, contratos por los cuales garantice que los acuerdos de inversión beneficiados por las exenciones aludidas, no serán modificados por ninguna ley o disposición que afecte sus cláusulas. Una especie de candado o una verdadera protección ante las travesuras de cualquier legislador, asunto muy importante en un país que tiene como uno de sus distintivos, desgraciadamente, una altísima falta de confiabilidad jurídica.