En el papel que cumplirán los inspectores de la Dirección Nacional de Hidrocarburos deberán constatar que se venda máximo un cilindro por cada usuario, de esta manera se busca evitar que se  distribuya a los taxistas o al sector comercial. Así lo informó esta mañana el director Regional de Hidrocarburos, Nelson Salazar, en declaraciones para Citynoticias (89.3 FM de Guayaquil).

Con la implementación de los operativos el funcionario señala que la distribución de gas irá mejorando . Indica que está consciente de que aún falta un mayor control en algunos sectores de la urbe, pero está confiado de que con el pasar de los días esta situación mejore.

Por otro lado, Salazar informó que la Comisión de Tránsito del Guayas (CTG) ha sido notificada para que controle la utilización del gas de uso doméstico en los transportes que transitan en la provincia.

Publicidad

Explicó que el sistema de gas que han implementado los taxistas en sus unidades constituye un riesgo. Por ello, señaló que es importante que en la matriculación vehicular la Comisión de Tránsito detecte los sistemas que no son técnicos en los que se conecta el gas,  para que obliguen a los propietarios de esos carros a volver a los sistemas de gasolina o diésel.

El decreto suscrito por el ex presidente Gustavo Noboa, en el 2000, no autoriza el uso del gas doméstico en taxis y otros vehículos, como aducen los dirigentes de los taxistas de Guayas. El cuerpo legal está en vigencia aunque las disposiciones para hacer efectiva la utilización de este combustible en los automotores no se cumplen.

El artículo 1 del decreto 543 señala que “se autoriza el uso del gas licuado de petróleo como combustible en los servicios de transporte público, por parte de los taxis legalmente organizados en Fedetaxi, para este propósito, los beneficiarios de esta medida, solo se proveerán del gas licuado de petróleo en los mercados internacionales, a través de las comercializadoras calificadas. La importación del gas licuado de petróleo será autorizada por el Ministro de Energía y Minas estará sujeta a las disposiciones y tributos que regulan la importación de este combustible.

Publicidad

Asimismo, en el artículo 2 del mismo decreto señala “los precios del gas licuado de petróleo a utilizarse en el transporte público por taxis, no se beneficiarán de manera alguna del subsidio que otorga el Estado”.