La reforma al Código Penal, en donde se incorpora como delito el secuestro express, (que incluye la retención momentánea de la víctima) se encuentra lista para que sea planteada en el orden del día de las sesiones del Congreso Nacional.

La reforma la planteó ante la Comisión de lo Civil y Penal del Parlamento, en noviembre del año pasado, el diputado socialcristiano José Javier Varas.

El documento, que ingresó en la Secretaría del Congreso, establece la severidad de la pena, en lo que hasta ahora solo se lo sanciona como un simple asalto de carros o atraco a mano armada.

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El proyecto se solicita a la Comisión que el robo de autos con retención de la víctima por varias horas, tenga una penalidad de 8 a 12 años.

Se sanciona actualmente con reclusión menor de tres a seis años, tal como lo establece el artículo 551 del Código Penal vigente, pues según la óptica de los fiscales de la brigada de Automotores, se trata de un robo agravado (con violencia).

Gustavo von Buchwald, presidente de la Corte Superior de Justicia de Guayaquil (CSJ-G) establece que también puede aplicarse la pena de 6 a 9 años, si es que se considera que en esta clase de delitos concurren dos o más circunstancias que agravan el hecho.

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Según Von Buchwald, deben tomarse en cuenta los numerales del artículo 552, que señala aumento de la pena cuando el robo se ha ejecutado con armas, por la noche, en sitios despoblados, en caminos o vías públicas y en pandillas.

“Todo depende del criterio con que se manejen los miembros del Tribunal Penal, a quienes les toca imponer la pena”, explicó el magistrado.