Recurso de amparo
Cualquier persona, por sus propios derechos o como representante legitimado de una colectividad, podrá proponer una acción de amparo ante el órgano de la Función Judicial designado por la ley. Mediante esta acción, que se tramitará en forma preferente y sumaria, se requerirá la adopción de medidas urgentes destinadas a cesar, evitar la comisión o remediar inmediatamente las consecuencias de un acto u omisión ilegítimos de una autoridad pública, que viole o pueda violar cualquier derecho consagrado en la Constitución o en un tratado o convenio internacional vigente, y que, de modo inminente, amenace con causar un daño grave.

También podrá interponerse la acción si el acto o la omisión hubieren sido realizados por personas que presten servicios públicos o actúen por delegación o concesión de una autoridad pública. No serán susceptibles de acción de amparo las decisiones judiciales adoptadas en un proceso.

Se podrá presentar acción de amparo contra los particulares, cuando su conducta afecte grave y directamente un interés comunitario, colectivo o un derecho difuso.

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Para la acción de amparo no habrá inhibición del juez que deba conocerla y todos los días serán hábiles.

El juez convocará de inmediato a las partes, para oírlas en audiencia pública dentro de las veinticuatro horas subsiguientes y, en la misma providencia, de existir fundamento, ordenará la suspensión de cualquier acto que pueda traducirse en violación de un derecho.

Dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, el juez dictará la resolución, la cual se cumplirá de inmediato, sin perjuicio de que tal resolución pueda ser apelada para su confirmación o  revocatoria ante el Tribunal Constitucional.

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TELÉFONOS

Corte Superior de Guayaquil
232-1600,
232-2068.

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Ministerio Público
232-0260,
232-2731.

Cuarto Distrito de Policía
224-5602, 224-5464,
223-9733, 264-0257,
227-5992.

JUZGADOS DE TURNOS

Judicatura: Sexto de lo Penal.
Juez: Manuel Bustamante.
Horario: de 08h00 a 12h00.
Dirección: Primer piso de la CSJ.

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Judicatura: Séptimo de lo Penal.
Juez: Jorge Guzmán.
Horario: de 08h00 a 12h00.
Dirección: Primer piso de la Corte Superior de Justicia.

Tránsito
Juzgado: Tercero.
Funcionario: César Hermidas.
Teléfono: 232-1600.
Dirección: Mezanine de la CSJ.

DICCIONARIO JURÍDICO

Persecución: Seguimiento del que huye con idea de alcanzarlo, detenerlo, capturarlo, agredirlo o incluso matarlo.

Perpetración: Consumación de un hecho o un hecho consumado.

Persuadir: Convencer, ganar el ánimo o razón de otro; propósito de todos los litigantes y de sus abogados con respecto a los jueces. Inducir, seducir, hacer que el otro haga, sin emplear la fuerza, lo que no quería o no pensaba realizar.

Persona idónea: La que posee actitud para el acto o actividad de que se trate. En los negocios significa solvencia.