El pasado lunes se publicó en el Registro Oficial un cambio en el artículo 4 de la Ley de Régimen Tributario, por el cual se reducen los valores que cobra en el país el Servicio de Rentas Internas (SRI) en las matrículas de vehículos usados, según el diputado del Partido Social Cristiano (PSC), Alfonso Harb.

En junio del año pasado, Harb, como miembro de la Comisión de Defensa del Consumidor, presentó ante el Tribunal Constitucional (TC) una demanda de inconstitucionalidad porque, según este artículo, el cálculo del valor a pagar se hacía tomando en cuenta el precio que el carro tenía en el año que se lo matriculaba. Y no el costo cuando fue adquirido.

“En el SRI se nos dio una explicación válida y legal. El artículo 4 señalaba que para establecer el costo del impuesto al SRI, para la depreciación del 20% anual de los carros usados, se tomaba como referencia no lo que el carro costó cuando fue último modelo sino el precio del año en que se lo matriculaba y de ahí depreciaban por la cantidad de años”, explicó el legislador.

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La depreciación anual de un automotor es del 20% hasta el cuarto año de antigüedad, del quinto en adelante es del 10%, es decir que en total la depreciación es del 90%.

Harb indicó que la directora del SRI, Elsa de Mena, está al tanto de la decisión del TC, que ya está en vigencia, al igual que Roberto Pólit, director ejecutivo de la CTG.

Juicio contra dirigentes
Rubén Morán, abogado de Consuelo Flores, presidenta de la Federación Provincial de Organizaciones de Transporte Liviano de Pasajeros, y Alberto Arias, de la Asociación de Cooperativas de Transporte Urbano de Guayaquil, expresó que tramita la revocatoria de la prisión preventiva que pesa contra sus clientes.

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En tanto, en la tarde de ayer, Enrique Cedeño Cabanilla fue posesionado como representante del Ejecutivo ante el directorio de la CTG.