Divorcio por mutuo acuerdo
Se tramita en los juzgados civiles, con un abogado.
El divorcio por mutuo consentimiento tiene un trámite especial.

1) Por mutuo consentimiento pueden los cónyuges divorciarse. Para este efecto, el consentimiento se expresará así: los cónyuges manifestarán, por escrito, por sí o por medio de procuradores especiales, ante el juez de lo Civil del domicilio de cualquiera de los cónyuges: Art. 106
a)  Su nombre, apellido, edad, nacionalidad, profesión y domicilio;
b)  El nombre y edad de los hijos habidos durante el matrimonio; y, la voluntad de divorciarse, y la enumeración de los bienes patrimoniales y de la sociedad conyugal, con la comprobación del pago de los impuestos.

2) Transcurrido el plazo de dos meses, a petición de los cónyuges o de sus procuradores, el juez los convocará a una audiencia de conciliación, en la que, de no manifestar propósito contrario, expresarán de viva voz su resolución definitiva de dar por disuelto el vínculo matrimonial.

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3) En la misma audiencia, los cónyuges o sus procuradores acordarán la situación económica en la que deben quedar los hijos menores de edad después de la disolución del matrimonio.

4) Los hijos deberán estar representados por uno o más curadores ad-litem, según el caso, cuya designación la hará el juez prefiriendo, en lo posible, a los parientes más cercanos a los hijos.

5) Si no llegaren a un acuerdo sobre estos puntos, el juez concederá el término probatorio de seis días, fenecido el cual pronunciará sentencia, sujetándose a las reglas del artículo 107.

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6) Los jueces no podrán expedir sentencia de divorcio si antes en el juicio los padres no han arreglado la situación de los hijos. La sentencia, en cuanto resolviere sobre la educación de los hijos, será susceptible del recurso de apelación.

7) El juez, para tramitar el divorcio y mientras se ventilare  la situación económica de los hijos, deberá señalar la pensión provisional con la que uno o ambos cónyuges contribuirán al cuidado, educación y subsistencia de la prole común

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JUZGADOS DE TURNO

Judicatura: Segundo de lo Penal
Juez: Luis Santana
Horario: De 08h00 a 12h00
Dirección: Primer piso de la CSJ
Teléfono: 232-1600

Judicatura: Tercero de lo Penal
Juez: Reynaldo Cevallos
Horario: De 14h00 a 18h00
Dirección: Primer piso de la CSJ
Teléfono: 232-1600