El 4 de mayo se recoge una noticia con el titular ‘CCCC: la AGD financia marchas’, y se recogen las versiones del comisionado de la Comisión de Control Cívico de la Corrupción, Dr. Ricardo Vanegas, quien había señalado: “...que la investigación se extiende a 38 contratos con 27 abogados (algunos recibieron dos o tres casos), que habrían sido contratados por Arboleda...”.

EL UNIVERSO –tomado como fuente y cito textualmente a la ‘Comisión de Control Cívico de la Corrupción’– elaboró un cuadro denominado Contratos en Investigación, donde coincidentemente existen 38 nombres supuestamente relacionados con los contratos en investigación (38 son los contratos que según el Dr. Vanegas se encuentran en investigación), y se menciona mi nombre de la siguiente manera: “Contratos en Investigación –en dólares– abogado Aycart Piero, monto de contrato, $ 183.000. Fuente: Comisión de Control Cívico de la Corrupción”.

Es decir, señores miembros de la Comisión de Control Cívico de la Corrupción, se afirma que he celebrado un contrato de prestación de servicios profesionales con la Agencia de Garantías de Depósitos (AGD) durante la administración del coronel Arboleda, lo que es completamente falso puesto que, en primer lugar, soy fedatario (notario público) por más de veinte años, y como ustedes perfectamente conocen, por mandato expreso de la ley me encuentro prohibido de ejercer la profesión; en segundo lugar, la relación que existe entre un notario público y los usuarios no es contractual, sino es la prestación de un servicio público; y finalmente, entre los usuarios que han empleado a la Notaría Pública Trigésima (que se cuentan por varios miles al año) para la celebración de actos, tenemos a Solbanco S.A. en saneamiento, quien solicitó que se protocolizara el auto de adjudicación del remate de un bien inmueble valorado en varios cientos de miles de dólares, adicionalmente una hipoteca abierta y una escritura de protocolización de pagos por varios miles de dólares (todas las actuaciones notariales antes indicadas, no pueden jamás asimilarse a un contrato de servicios profesionales, sino que son actividades notariales permitidas por la ley) que generaron los respectivos aranceles o derechos notariales (no honorarios profesionales), según consta en la factura entregada al cliente.

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Desconozco por qué el haberme mencionado en una lista de profesionales en libre ejercicio que han contratado con la Agencia de Garantías Depósitos, sin embargo, esa información inexacta me está causando un grave daño.

Dr. Piero G. Aycart V.
Notario Trigésimo del cantón Guayaquil
Guayaquil