En la edición del 4 de mayo se publicó que la Comisión de Control Cívico de la Corrupción se encuentra investigando 38 contratos, y se adjuntó una lista en la que aparecen valores cobrados por personas que han prestado su servicios profesionales.

En lo que respecta al suscrito, en aras a defender mi prestigio profesional, tengo que indicar que en diciembre del 2000, por la experiencia obtenida en entidades en proceso de liquidación, ingresé a la laborar al Juzgado de Coactiva del Banco del Progreso S.A. en saneamiento, como alguacil; por lo cual, se cancelaban mis honorarios en base al Reglamento para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de la Agencia de Garantías de Depósitos, publicado en el Registro Oficial Nº 246, del 17 de enero del 2001.

En marzo del 2002, la Gerencia General de la Agencia de Garantía de Depósitos requirió mis servicios para integrar un equipo de trabajo con el objetivo de incautar bienes a ex banqueros y testaferros, por lo cual pasé a formar parte del Departamento de Incautaciones, suscribiendo un contrato de prestación de servicios profesionales con un plazo de tres meses renovables, cuyo honorario se fijó en  $ 1.000 mensuales.

Publicidad

En la Administración de Wilma Salgado Tamayo, el Departamento de Incautaciones pasó a formar parte de las instituciones financieras de la Costa, y en la administración del Ing. Ramiro Espín, con fecha 12 de agosto del 2004, procedí a firmar un nuevo contrato de prestación de servicios con un plazo de tres meses renovables, cuyo honorario se lo fijó en $ 700 mensuales.

Dentro del área de coactivas, en los procesos que se me designa, cumplo las funciones de alguacil, cargo que se me encomienda por cuanto he realizado ciertas investigaciones que han dado como resultado el descubrimiento de algunos bienes que se encontraban en poder de compañías que mantienen obligaciones insolutas con la AGD, y gracias a estas diligencias la institución ha logrado recuperar aproximadamente $ 5 000.000. Todo el valor que he percibido ha sido fruto del trabajo técnico y profesional que he realizado, y los pagos se encuentran debidamente sustentados en el reglamento para el ejercicio de la Jurisdicción Coactiva.

Luis E. Passailaigue Molina
Guayaquil