Los tres ejes principales del veto parcial del Ejecutivo a la Ley de la Función Judicial dividieron la opinión de tres sectores políticos en el Congreso. Aunque no es un rechazo rotundo consideran que al Presidente de la República le faltó aclarar algunos aspectos referente a la eliminación de la Corte transitoria.

Para el socialcristiano Luis Fernando Torres, la reducción de magistrados es interesante, pues se estaría hablando de una sola Corte de casación, y ello obliga a que quienes lleguen a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) deberían ser juristas capaces de crear derecho. Sin embargo, le faltó analizar en el veto,  si la carga de trabajo de la CSJ puede ser o no evacuada por esta nueva sala de casación,  anotó.

Otra de las coincidencias de Torres con el Ejecutivo, es la inconveniencia de crear una Corte temporal compuesta por siete magistrados como aprobó el Parlamento, pues dijo que sería inconstitucional crear un tercera Corte y eso daría lugar a malas interpretaciones y al manoseo de los procesos judiciales.

Publicidad

Andrés Páez, de la ID, en cambio, dijo que es inconveniente la reducción de 31 a a 16 de los magistrados, porque las estadísticas judiciales revelan que es inapropiado tener una sola Corte e incluso es insuficiente para despachar los procesos represados.

Acogió la observación hecha respecto a la inconveniencia de una Corte transitoria. Lo único que preocupa, agregó, es que no haya un juez para juzgar a los funcionarios del régimen de Lucio Gutiérrez como lo solicitó el Ministerio de Gobierno.

El diputado de Pachakutik, Julio González, afirmó que en la medida que el Ejecutivo sustente la reducción del número de magistrados su bloque acogerá el veto.

Publicidad

Indicó también, que todos hablan de la necesidad de reducir la Corte, pero nunca hubo fundamentos de respaldo.

González explicó que la eliminación de la Corte transitoria es una decisión adecuada, porque no se puede colocar un tribunal para que actúe como Corte, pues se corre el riesgo de que quienes se sientan afectados apelen a la anulación del proceso.