Los siete profesionales que designa el Estado en la CSJ-G no se abastecen para la
demanda.

La garantía constitucional de que todo detenido tiene derecho a un defensor, no se cumple en su totalidad, pues el 60% de la comunidad carcelaria, compuesta de 3.541 presos, no cuenta con un abogado que la patrocine.

El porcentaje, según una evaluación efectuada por el defensor público Walter Jaramillo Lino, se basa en el número de casos que diariamente ingresa a la oficina de la Defensoría Pública, ubicada en el mezzanine de la Corte Superior de Justicia (CSJ).

Publicidad

Cada uno de los siete defensores públicos (cuatro titulares y tres auxiliares) acumula en su escritorio un listado de 500 procesos. La consigna es evacuar los más prioritarios, por lo que muchos se quedan sin defender.

Toda persona detenida tiene derecho a ser asistida por un abogado, pero si no puede pagarse uno, el Estado le asignará un defensor público, pues así lo establece la garantía constitucional consagrada en el artículo 24 de la Constitución Política del Ecuador.

Sin embargo, el 60% de la comunidad carcelaria, compuesta de 3.541 presos, no cuenta con un abogado que la patrocine, defienda o impulse su proceso.

Publicidad

El porcentaje, según una evaluación efectuada por el defensor público Walter Jaramillo Lino, se basa en el número de casos que diariamente ingresa a la oficina de la Defensoría Pública, ubicada en el mezanine de la Corte Superior de Justicia (CSJ).

La directora administrativa del área, Marlene Mazzini, señala que existe un promedio de 25 a 30 casos diarios, que son distribuidos alfabéticamente entre los siete defensores públicos, cuatro titulares y tres auxiliares.

Publicidad

Cada funcionario cuenta con un listado de 500 procesos que estudiar y defender, pues su trabajo abarca todos los juicios que genere la Corte Superior de Justicia, en las áreas civil, penal, de tránsito, inquilinato, trabajo y en los tribunales penales.

“Al año recibimos alrededor de 5.000 casos, que son evacuados de acuerdo al grado de prioridad”, explicó Mazzini.

Sin embargo, el mayor requerimiento proviene de los juzgados de la Niñez y la Adolescencia, en donde el defensor público se convierte en el abogado patrocinador, desde el momento en que plantea la demanda.

Generalmente son juicios por alimentos o de paternidad, cuyas autoras son madres solteras o separadas, que pugnan porque el padre de sus hijos les pase una mensualidad.

Publicidad

La mayoría de las denunciantes, dicen los defensores, proviene de personas de escasos recursos económicos que no tienen dinero para costear los honorarios de un abogado particular.

“Las mujeres llegan en busca de orientación y acá se les explica el proceso. Si están de acuerdo se toman sus datos, se inicia el juicio y se comienza un trabajo conjunto, en donde ellas se comprometen a colaborar con el aporte de pruebas, testigos o documentos”, indica Walter Jaramillo.

El defensor aclara que se presentan ocasiones en que los funcionarios deben sacar de su bolsillo para obtener copias de los juicios o providencias, por cuanto la demandante carece de medios.

Así, la sala de la Defensoría Pública suele estar llena de madres que quieren una consulta legal.

Cuatro audiencias por la mañana, cada una con apenas 30 a 40 minutos de diferencia (09h00, 09h30, 10h00, 10h40), es lo que debe sortear actualmente un defensor público para cumplir con su trabajo de patrocinar a un detenido de escasos recursos.

Humanamente no podemos cumplir con todo, se queja Marlene Mazzini, quien expresa la necesidad de incrementar el número de defensores públicos.

Exceso de diligencia
El defensor Walter Jaramillo sostiene que el exceso de diligencias los limita, por lo que dan preferencia a las audiencias preliminares y públicas, en donde deben defender a detenidos que han sido abandonados por los abogados particulares.

En esta instancia –confiesa– es poco lo que se puede hacer por ellos, ya que apenas el 20% de casos, la mayoría de robo agravado (con violencia) arroja un resultado positivo y son absueltos. El 80% restante es condenado.

No obstante, la presencia de un defensor público en una audiencia preliminar o pública tiene como finalidad velar porque se cumplan con las garantías del procesado.

En ello también ayuda el juez o magistrado, quien al percatarse de que el detenido carece de abogado, solicita los servicios de un defensor público.

El juez 10º de lo Penal, Édgar Salazar, sostiene que él ya tiene designado a uno o dos defensores, con quienes trabaja cuando el caso amerita.

Su misión es hacer cumplir con lo estipulado en la Constitución y no dejar al detenido sin defensa.

“En el momento en que se recibe la instrucción fiscal uno se da cuenta si el acusado posee o no un abogado. De no ser así, nos encargamos de designarle uno público”, manifiesta Jaramillo.

Para tal efecto, los defensores reciben los expedientes que provienen de los juzgados y tribunales 10 días antes de la fecha de la diligencia. “En este tiempo debemos empaparnos del proceso”, indica Jaramillo.

DATOS

PARTIDAS

Desde el mes de julio de 1998 se crearon partidas para los defensores públicos. Antes de esa fecha, este cargo no era remunerado.

SUELDO
Un defensor público titular gana alrededor de 1.500 dólares mensuales, mientras que un ayudante, 800.

LEY
Los defensores están sujetos a la Ley Orgánica de la Función Judicial y a lo que establece la Constitución de la República.

NÓMINA
Los profesionales titulares que trabajan actualmente en la Corte Superior de Justicia de Guayaquil son los doctores: Marlene Mazzini Torres, Adolfo Jouvín Manzo, Magdalena Jaime Cepeda y Franklin Cevallos Ortiz. Entre los ayudantes constan los abogados Guillermo Espinosa de los Monteros, Luis Bustamante Guerra y Walter Jaramillo Lino.

HORARIO
La Defensoría Pública atiende al público en dos jornadas, de 08h00 a 12h00 y de 14h00 a 18h00. Su trabajo lo realizan en el mezanine de la CSJ-G.