Con su publicación en el Registro Oficial, el Reglamento para la Contratación Laboral por Horas, decretado por el presidente de la República, Lucio Gutiérrez, entró en vigencia ayer.

En el texto de 13 artículos se indica que el trabajador contratado bajo esta modalidad, percibirá exclusivamente la remuneración por hora pactada y las utilidades en forma proporcional al tiempo de su trabajo.

También deberá recibir los décimos correspondientes y ser afiliado obligatoriamente por su empleador al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

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Sin embargo, esto no implica que esté garantizada su estabilidad laboral.

Otro de los artículos indica que los empleadores no podrán cambiar a esta modalidad a los empleados que ahora laboran en jornada completa.