El ámbito de aplicación de la normativa que regirá para Ecuador, Colombia y Perú tras la vigencia del Tratado de Libre Comercio (TLC) no podrá prevalecer sobre aquel que tiene los acuerdos de la Comunidad Andina (CAN) y el Mercosur.

La disposición se analizó anteayer entre los jefes negociadores andinos, en un debate sobre los efectos (multilaterales o bilaterales) que tendrá el acuerdo en los 18 capítulos negociados.

Al suscribir el TLC, Ecuador se habrá incorporado a una nueva zona de libre comercio que requerirá del cumplimiento de disposiciones legales y técnicas para comercializar productos.

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Aunque el acuerdo comercial apunta a la multilateralidad (es decir, sus normas tendrán efecto en los cuatro países que lo negocian), los andinos propusieron que en el texto final del TLC se especifiquen los temas en los que no se ejecutará esta figura. Este asunto inició esta semana un análisis minucioso de los capítulos que conformarían el posible acuerdo.

Cristian Espinosa, jefe negociador ecuatoriano, sostuvo que la discusión de este tema terminará en la próxima ronda de negociaciones en Lima (Perú), en abril. Afirmó que uno de los intereses de los andinos es “preservar las obligaciones que pueden tener un carácter constitucional”.