En el país, Agustín Pino es uno de los 40 imposibilitados en sus extremidades que no pueden acogerse al beneficio de importar un carro ortopédico sin impuestos.

Agustín Pino Viteri, de 38 años, balbucea con dificultad una que otra palabra. La esclerosis, una enfermedad degenerativa y sin cura, lo mantiene desde hace tres años postrado a una silla de ruedas, sin habla y con el 75% de sus facultades motrices inmóviles.

Pese a ello, su lucha diaria por la vida no decae. Dice que lo hace por su esposa Lina y sus tres hijos, Agustín, Jorge y Juan José, a quienes considera su fortaleza y mayor alegría. Él quiere verlos crecer.

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Junto al amor por su familia está el deseo vehemente de continuar con el trabajo, la compraventa de vehículos en la empresa de su propiedad.

“Quiero llevar una vida digna y lo más cercana posible a lo normal”, dice Pino en uno de los escritos que guarda en su computadora, la que adecua para comunicarse con sus familiares y amigos.

No tiene teclado, pues sus dedos apenas pueden pulsar una letra. Su incapacidad es progresiva y un día paralizará todas las funciones de su cuerpo, incluyendo la respiración.

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Dificultad para movilizarse
Sentado en su silla de ruedas de 300 libras de peso, Agustín Pino tiene dificultades para movilizarse.

No puede hacerlo solo y necesita constantemente de alguien que lo ayude.
En su casa está vigilado por una enfermera y cuando se traslada a su oficina, es su chofer, Luis Quimí, quien se encarga de pasarlo de la silla al carro.

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Posee una furgoneta a la que eliminó la tercera fila de asientos y le adaptó una rampa manual y removible, para poder trepar la silla de ruedas en la parte trasera.

El vehículo no se adecua a sus necesidades. Él requiere un automotor con techo y puertas altas que le permita transportarse sentado en su silla de ruedas.

Su deseo es importar un vehículo ortopédico, exonerado de los impuestos arancelarios y del valor agregado (IVA), tal como lo establece el artículo 22 de la Ley sobre Discapacidades.

Ese mismo cuerpo legal, en el artículo 23, se lo prohíbe. La norma establece claramente que “la exoneración de vehículos ortopédicos solo es concedida cuando se destinen y vayan a ser conducidos por personas con discapacidad”.

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Pino, difícilmente puede conducir y acogerse a este beneficio.

Para él la ley es discriminatoria y no cumple con el objetivo de su creación: reconocer los derechos de personas con discapacidad y buscar los mecanismos de atención e integración social, atendiendo a las necesidades particulares.

“Los únicos beneficiados son los discapacitados de la cintura hacia abajo, ya que otros, como yo que no pueden utilizar sus brazos, no están amparados”, expresa Pino, quien día a día se cuestiona y pregunta: “¿dónde quedó el principio constitucional de igualdad?”.

Lina de Pino, su esposa, señala que aún no ha realizado ningún trámite en el Consejo Nacional de Discapacitados (Conadis), pues en sus investigaciones, personal de la Dirección Técnica del Conadis le comunicó que el discapacitado no accede a este beneficio. “Me piden entre los requisitos una licencia tipo F, que garantice que puede manejar, pero mi esposo está imposibilitado de hacerlo, y solo posee el carné que lo acredita como discapacitado”, explica.