Venta de terrenos municipales

Se tramita en la Municipalidad de Guayaquil.

Requisitos:

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1.- Tasa única de trámite (2,5 del salario mínimo vital)
2.- Certificado del Registrador de la Propiedad de no tener bienes inmuebles.
3.- Escritura de entrega de obras.
4.- Fotocopia de la cédula de identidad.
5.- Fotocopia de los recibos de pago de los impuestos prediales y cánones de arrendamiento al día.
6.- Contrato de arrendamiento previo.
7.- Escritura de cesión, en caso de traspaso.

Luego de que se obtienen todos estos documentos la persona interesada debe pagar la tasa única de trámite en las ventanillas de recaudaciones del Municipio de Guayaquil, donde recibirá la solicitud de venta de terrenos municipales.

Posteriormente tiene que llenar la solicitud y adjuntar en una carpeta todos los documentos solicitados en los requisitos, que tienen que estar completos.

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El interesado debe acudir hasta la ventanilla Nº 1 de la Dirección de Terrenos y entregar todos los papeles.

TELÉFONOS
Corte Superior de Justicia
232-1600, 232-2068.

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Ministerio Público
232-0260, 232-2731.

Cuarto Distrito de Policía
224-5602, 224-5464, 223-9733, 264-0257, 236-9683.

JUZGADOS DE TURNOS
Judicatura: Décimo de lo Penal
Juez: Édgar Salazar Vera
Horario: de 08h00 a 12h00
Dirección: Primer piso de la CSJ
Teléfono: 232-1600.

Judicatura: Doudécimo de lo Penal
Juez: Raúl Ponce Quiroz
Horario: de 14h00 a 18h00
Dirección: Primer piso de la Corte Superior de Justicia.

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Tránsito
Juzgado: Tercero
Juez: César Hermidas
Teléfono: 232-1600
Dirección: Mezanine de la CSJ.

LA LEY
Constitución Política
del Estado, art. 26

Derechos Políticos
Los ciudadanos ecuatorianos gozarán del derecho de elegir y ser elegidos, de presentar proyectos de ley al Congreso Nacional, de ser consultados en los casos previstos en la Constitución, de fiscalizar los actos de los órganos del poder público, de revocar el mandato que confieran a los dignatarios de elección popular, y de desempeñar empleos y funciones públicas.

Estos derechos se ejercerán en los casos y con los requisitos que señalen la Constitución y la ley.

Los extranjeros no gozarán de estos derechos.

COSTOS

Tasas judiciales
Arrendamiento mercantil (leasing)
Se paga el uno por ciento (1%) valor del contrato.

Indemnización de daños y perjuicios por asuntos  mercantiles o civiles, uno por ciento (1%) de la cuantía reclamada.

Tercería coadyuvante: uno por ciento (1%) sobre el valor del título.

Tercería excluyente: uno por ciento (1%) sobre el valor del bien reclamado.

REGISTRO OFICIAL Nº 520
9 de febrero del 2005

El ministro de Trabajo y Empleo
Acuerda:

Art. 1.- Reformar el contenido del inciso segundo del numeral 1 del art. 1 del Acuerdo Ministerial Nº 0269 del 1 de diciembre del 2004, publicado en el Registro Oficial Nº 485 del 20 de diciembre del 2004, por el siguiente: “Sede: Machala”.

Art. 2.- Reformar el contenido del art. 6 del Acuerdo Ministerial Nº 0269 del 1 de diciembre del 2004, publicado en el Registro Oficial Nº 485 del 20 de diciembre del 2004, por el siguiente:

“Las Comisiones dictarán su resolución hasta el martes 15 de febrero del 2005”.

El presente acuerdo ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.