Cambio de propietario de un vehículo

Se tramita en  la Comisión de Tránsito del Guayas (CTG).

El interesado debe reunir los siguientes requisitos:

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1.-Matrícula original del automotor
2.-Recibo de pago de la matrícula actualizada.
3.- Una carta de venta notariada.
4.- Copia de la cédula del comprador y el vendedor. Si son casados de los cónyuges.
5.- Obtener el certificado de que el vehículo no tiene gravamen. Este documento tiene un costo de cuatro dólares y se lo paga en la ventanilla de atención al usuario de la CTG, ubicada en la calle Brasil y Chile. El papel está listo luego de tres días laborables.
6.-También requiere comprar la solicitud de cambio de propietario, que cuesta cuatro dólares.
7.- Pago del impuesto al fondo vial, en el Servicio de Rentas Internas (SRI). El costo es el 1% del avalúo comercial del automotor.

Con estos documentos el nuevo propietario debe presentarse con el vehículo al departamento de Revisión, ubicado frente a la terminal terrestre, para que le saquen las improntas.

El precio del trámite en la CTG es de ocho dólares.
Si el propietario es una compañía se requiere la copia del nombramiento del gerente general y la copia de su cédula de identidad.

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Para este trámite el nuevo dueño tiene un plazo de 30 días, luego del cual debe pagar una multa de dos dólares.

JUZGADOS DE TURNOS
Judicatura: Décimo de lo Penal
Juez: Édgar Salazar Vera.
Horario: de 08h00 a 12h00
Dirección: Primer piso de la CSJ
Teléfono: 232-1600.
Judicatura: Duodécima de lo Penal
Juez: Raúl Ponce Quiroz.
Horario: de 14h00 a 18h00
Dirección: Primer piso de la CSJ
Teléfono: 232-1600.
Tránsito
Juzgado: Tercero
Funcionario: César Hermidas.
Teléfono: 232-1600
Dirección: Mezanine de la CSJ.

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LA LEY
Constitución Política del Estado, art. 37
De la familia
El Estado reconocerá y protegerá a la familia como célula fundamental de la sociedad y garantizará las condiciones que favorezcan integralmente la consecución de sus fines.
Esta se constituirá por vínculos jurídicos o de hecho y se basará en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes.

Protegerá el matrimonio, la maternidad y el haber familiar. Igualmente apoyará a las mujeres jefas de hogar.

COSTOS
Tasas judiciales
Información sumaria: Cinco dólares.

Reconocimiento extraprocesal de firmas: Cinco dólares.

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Juicio de recusación y competencia:
Treinta dólares.

Juicios verbal sumario:
Uno por ciento (1%) de la cuantía.

Registros de Centros de Mediación: Cien dólares por año.

CONSULTA
¿Las contravenciones graves de tránsito prescriben?

Sí, las contravenciones estipuladas en el art. 90 de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, catalogadas como graves, prescriben a los 30 días de cometidas, de conformidad con el art. 617 del Código Penal.

La prescripción beneficia únicamente cuando por la contravención se le haya retirado la licencia al conductor y no existan accidentes con lesiones que pasen los 16 días de recuperación o daños materiales que superen los 400 dólares.

El contraventor debe presentar su petitorio ante el juez competente, quien está obligado a despachar la prescripción y ordenar la devolución inmediata de la licencia, que se la retira en la Comisión de Tránsito del Guayas.

Ab. Josué Sánchez.