En el proceso de regularización de inmigrantes que lleva a cabo el Gobierno español desde el pasado lunes hasta el 7 de mayo, y en el que por primera vez son los empleadores y empresarios los encargados de regularizar a sus empleados, ambos adquieren un vínculo laboral, que si se rompe debe ir acompañado por una indemnización por parte del patrono, explica, entre otras cosas, el abogado español Pedro Fernández, experto en temas de inmigración y extranjería.

Pregunta: ¿Cuáles son los compromisos que adquiere el empleador con el empleado al momento de regularizarlo?
Respuesta: Una vez que el contrato es aprobado por la oficina de Extranjería el empleador adquiere un vínculo laboral con el empleado. Al mes deberá darlo de alta en la Seguridad Social, pero dicho contrato se puede romper por ambas partes. El empleador podrá despedir al empleado con una indemnización mínima,  que equivale a un salario de 45 días por año, o el empleado puede renunciar al puesto de trabajo.

P: ¿En qué condición queda el empleado despedido?
R: El empleado queda con una autorización para trabajar de forma legal en España por un año. Podrá buscar otro trabajo en el mismo sector y tendrá que cotizar a la Seguridad Social durante un mínimo de 6 meses para poder renovar dicho permiso de trabajo.

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P: ¿Bajo qué circunstancias puede perder la regularidad un trabajador extranjero?
R: Por dos motivos. Por haber permanecido más de seis meses fuera del territorio español o por haber cometido algún delito.

P:. ¿En qué casos puede renovar dicho permiso?
R: Siempre y cuando reciba ayuda del ayuntamiento de la ciudad. Este caso se aplica a los grupos marginales que son visitados por los servicios sociales para avalar el nivel de pobreza y tramitar la ayuda económica. Esa ayuda depende de la composición de la unidad familiar. La cifra recibida está entre los 250 y 300 euros mensuales.

P: ¿Esta renta de inserción está dirigida únicamente a los españoles?
R: No, está dirigida a los colectivos marginales, nacionales o extranjeros.

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