De 1.762 juicios que en el 2004 llegaron a los tribunales de lo Penal, 528 son por infracciones menores.

De los 1.762 juicios que el año pasado llegaron a los tribunales de lo Penal del Guayas, 528 se refieren a robos, hurtos y otras infracciones menores, delitos que inciden en la sobrepoblación carcelaria por el retardo en la justicia por resolver los procesos.

Estos delitos  menores podrían ser resueltos por el agente fiscal que inició la causa y el juez penal, afirma Grace Olvera, representante de la Confraternidad Carcelaria de Guayaquil, para evitar que estén llenas las cárceles, donde los detenidos “en lugar de rehabilitación encuentren mayor daño y destrucción”.

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Lenin David Monaga Romero, de 21 años, aún  no ha sido juzgado por el robo de 10 dólares que supuestamente cometió el 17 de junio del 2004, a pesar de las cuatro convocatorias a audiencia que hizo el 2º Tribunal Penal del Guayas.

El pasado 18 de enero, a las 15h40, concurrió por cuarta ocasión al tribunal. Esperó hasta las 16h10, pero el acto procesal se suspendió porque no llegó el policía que lo capturó y elaboró el parte.

El detenido admitió que arranchó 10 dólares en las calles Aguirre y Quito. Mostrando arrepentimiento, dice que le desespera no saber cuándo saldrá libre, para regresar con su familia en la isla Trinitaria, al sur de la ciudad y redireccionar su vida.

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En otro caso, desde el 2 de septiembre del 2003 hasta el 8 de octubre del 2004 (1 año y un mes) permaneció detenido Geovanny Xavier Guevara Areano, de 21. El 2º Tribunal Penal le concedió la libertad luego de su juzgamiento.

Según la causa, Guevara transitaba por la 44 y la G, y al retirarse a su domicilio –según su versión– presenció el asalto a un ciudadano que le arrebataron 95 dólares y 11 paquetes de jabones. Guevara dice que que cuando los maleantes huían se cayeron unos jabones, él los recogió y la Policía lo detuvo en la confusión. En la audiencia no hubo pruebas y el tribunal lo absolvió.

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Ambos casos son ejemplos de delitos menores que podrían ser resueltos por el agente fiscal que inició la causa y el juez penal, afirma Grace Olvera, representante de la Confraternidad Carcelaria de Guayaquil. A ella, en cambio, le preocupa la sobrepoblación que afrontan las cárceles por situaciones como esta. A eso debe sumarse el riesgo de que, en lugar de rehabilitación, estos detenidos encuentren mayor daño y destrucción.

Hernán Ulloa Parada, jurista y ex defensor del Pueblo, también dice que “si los fiscales investigaran como los obliga la ley (Código de Procedimiento Penal) y no dejaran todo al arbitrio de los agentes de la Policía judicial, con los jueces de primera instancia resolverían estos casos y no habría  hacinamiento en las cárceles del país”.

Gustavo von Buchwald, presidente de la Corte Superior de Justicia de Guayaquil, dice que aproximadamente el 30% de las causas penales que conoce la administración de justicia en este distrito corresponde a delitos menores.

Acumulación de causas
Bajo esos parámetros, de los 1.762 juicios que el año pasado llegaron a los tribunales de lo Penal del Guayas, 528 se refieren a robos, hurtos y otras infracciones menores, destacó Von Buchwald, quien antes fue presidente del 5º Tribunal Penal del Guayas.

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Hernán Cabezas Candel, presidente del 2º Tribunal Penal, considera que la administración de justicia se afecta con la acumulación de penas inferiores. “La presión que ejercen ciertas causas que involucran a detenidos considerados de mayor riesgo para la sociedad obliga a que los jueces nos centremos a resolver esos casos; esto genera una especie de injusticia porque se estancan las causas menores”, reflexiona.

Este juzgador agrega que las causas deben ser resueltas en un nivel inferior (fiscal y juez penal) para que no se acumulen en los tribunales.

Olvera afirma que “los fiscales y jueces cometen un abuso indiscriminado de la prisión preventiva y detención en firme. No se puede mantener detenidas a personas que han cometido delitos leves, como hurtos, hasta por dos años, porque eso origina acumulación”,  dice.

Insiste que “si los fiscales investigaran e hicieran un estudio detallado de las instrucciones, otro sería el resultado. Igual estudio deberían hacer los jueces. Si hicieran un análisis de la situación jurídica del detenido, comprobarían que su condición no variará aunque esté cinco años recluido, porque muchos afectados no prueban lo sustraído ni presentan la denuncia respectiva”.

Aseguró que la Confraternidad Carcelaria tiene una gran cantidad de carpetas a la espera de que los jueces señalen fecha para la audiencia, aunque insistió que “estas regularmente no se realizan por falta de pruebas”.

Galo Argüello Arias, ex juez de Galápagos y dirigente de la Unión Nacional de Abogados, coincide con Olvera y Ulloa y afirma que “la acumulación de causas se da porque los fiscales no investigan adecuadamente y solo se limitan a pedir las órdenes de prisión que luego los jueces las dictan, sin analizar cada caso”.

Argüello dice que por eso se inflan los archivos de los tribunales penales. “Allí rebota todo y después tienen que dictar sentencia absolutoria porque no hay pruebas. Esa es la administración de justicia que existe, y como se trata de delitos menores los dejan para el último, porque los jueces se preocupan por resolver las causas fuertes que involucran a gente que ellos consideran peligrosa”.

PROCESOS

22 MESES EN CÁRCEL
Jonathan Castro Vargas, de 19 años, acusado de un robo cometido el 14 de marzo del 2003, tiene 22 meses preso y no ha sido juzgado por falta de pruebas. En el proceso consta también un oficio de la Policía que dice que el sargento Diofredes Delgado Loor (quien capturó a Jonathan Castro) “no podrá concurrir a la audiencia porque no fue localizado debido a que ya fue dado de baja de la Policía por sentencia del Tribunal de Disciplina”.

ABSUELTOS
El 23 de noviembre pasado, el 2º Tribunal Penal dictó sentencia absolutoria a favor de Javier Arroyo Nazareno, de 20 años, Johnny Vivero Valdez, de 24, y Ángel Quintero Viejó, de 23, detenidos desde el 21 de agosto del 2003 (1 año y tres meses) por tentativa de asesinato en contra del interno de la penitenciaría Guillermo Pita Valarezo. El fiscal Miguel Cruz Otero, reemplazante de Carlos Pérez Asencio, se abstuvo de acusarlos por no encontrar base ni prueba que involucre a los enjuiciados.

MÁS DE UN AÑO
El 26 de noviembre del 2004 fueron absueltos Enrique Bone Silva Caicedo, Enrique Jama Barcia y Kelo Elle Caicedo, presos desde el 7 de abril del 2003 “por ocultamiento de cosas robadas”, según la acusación fiscal.