Legado anticipado
Si una persona desea repartir sus bienes en vida, debe conocer que, según el Código Civil, si es casado solo puede disponer del 50% del patrimonio de la pareja.

De ese 50% que le corresponde, la mitad le pertenece legalmente al cónyuge o conviviente y a todos los hijos (dentro y fuera del matrimonio). La otra mitad deberá destinar para mejorar las cuentas de sus descendientes (hijo, nieto). Y de lo restante, que es de libre disposición, podría dejar, si así lo desea, a una tercera persona, que no necesariamente tiene que ser un familiar.

Para dar un legado anticipado se requiere hacer el  trámite en una notaría:

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Llevar la cédula de identidad, los pagos de impuestos prediales (si el bien que va a dar en donación es una propiedad), la insinuación judicial o notarial, un propósito o declaración suya y la de dos testigos que aseguren que usted posee bienes suficientes que le permitan su manutención, de tal forma que al dar el bien no afecte gravemente su patrimonio.

Si la propiedad es adquirida con su cónyuge, ella tendrá que comparecer a la celebración de la escritura.

Debe considerar además que la donación entre vivos, de cualquier especie de bienes raíces, no tendrá validez si no es otorgada por escritura pública.

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Certificado de bomberos
Si requiere sacar el certificado de bomberos (tasa de funcionamiento para establecer un negocio) deberá acercarse al segundo piso del Cuerpo de Bomberos (Nueve de Octubre 607 y Escobedo) y presentar los siguientes documentos:

Originales y las copias del Registro Único de Contribuyentes (RUC) y de la factura del extintor (mínimo de 5 libras) que colocará en el establecimiento. Tener en cuenta que el contenido de un extintor de 5 libras cubre un área de 25 metros.

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Para quienes desean hacer renovaciones, llevar la copia del permiso otorgado el año anterior y la factura del extintor.

El monto por cobrar al adquirir el certificado varía de acuerdo con la actividad del local.  Si requiere más información, llamar al teléfono 253-0166, extensión 27.

Permiso para portar armas
Para solicitar el permiso de armas deberá acercarse a la II Zona División de Ejército Libertad (II Zona Militar) y llenar una solicitud. Le entregarán el número de la cuenta de Banco del Pichincha, en el cual depositará un valor de 12,50 dólares, por concepto de certificado de portar armas.

Deberá incluir en una carpeta todos sus documentos personales como récord policial, cédula de identidad, certificado de votación, cuatro fotos tamaño carné (dos de perfil y dos de frente), factura del arma que compró y el recibo de pago del banco.

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Además, deberá llevar estos documentos y rendir un examen psicológico en la entidad. El permiso lo obtendrá después de tres días que efectuó el examen. La II Zona Militar está ubicada en Nueve de Octubre entre Lorenzo de Garaicoa y Rumichaca.