El Servicio de Rentas Internas (SRI) aseguró ayer que la obligación de los distribuidores de gas de emitir comprobantes de venta por cada transacción, a partir del 1 de enero próximo, no implicará el aumento del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Ese impuesto, que se cobra en todas las ventas superiores a $ 4, ya está incluido en el precio oficial de cada cilindro que es de $ 1,60, afirmó la administración tributaria.

Ejemplo: Si alguien compra tres cilindros de gas pagará y recibirá una nota de venta por un total de $ 4,8.

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En el caso de que el comprador utilice el gas para una actividad productiva debe exigir una factura, con el desglose entre el valor de bien (4,3 dólares) y el del IVA (0,5 dólares). “De esa manera el valor se mantiene. No hay por qué aumentar el precio”, manifestó Carlos Velasco, especialista tributario y ex asesor del SRI.

De acuerdo con datos de la Dirección Nacional de Hidrocarburos (DNH), existen 1.457 distribuidoras de gas que deberán emitir comprobantes de venta en enero.

De esa cifra, el SRI calculó que alrededor del 50% ya cumplen con los dos requisitos básicos; es decir, estar en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y emitir comprobantes de venta por cada transacción.