Las instituciones bancarias deberán recalificar, hasta el 30 de junio próximo, a todos sus clientes con tarjetas de crédito, según lo resolvió  la Junta Bancaria,  el pasado 15 de diciembre.

Durante los próximos  seis meses,  los bancos  deberán  aplicar  nuevas metodologías. Mientras esos métodos no estén calificados, las cuotas mensuales que deben pagar los usuarios de las tarjetas de crédito (tarjetahabientes) no deberán superar el 50% del ingreso familiar mensual del deudor, de acuerdo con la resolución emitida por la Junta Bancaria.

Las instituciones bancarias deberán recalificar, hasta el 30 de junio próximo, a todos sus clientes con tarjetas de crédito, según lo resolvió  la Junta Bancaria,  el pasado 15 de diciembre.

Publicidad

Durante los próximos  seis meses,  los bancos  deberán  aplicar  nuevas metodologías. Mientras esos métodos no estén calificados, las cuotas mensuales que deben pagar los usuarios de las tarjetas de crédito (tarjetahabientes) no deberán superar el 50% del ingreso familiar mensual del deudor, de acuerdo con la resolución emitida por la Junta Bancaria.

La Junta Bancaria dispuso cambios en las condiciones de las tarjetas de crédito, a través de la resolución 722, del 15 de diciembre. Estos se aplicarán a partir del 1 de julio del 2005, informó la Superintendencia de Bancos (SB).

En los próximos seis meses los bancos deberán implantar nuevas metodologías y reclasificar los créditos otorgados mediante tarjeta, que de acuerdo con la normativa actual son considerados exclusivamente como “de consumo”, advierten las disposiciones transitorias del documento.

Publicidad

La resolución plantea que el carácter del crédito dependerá de la fuente de pago.
Si las tarjetas son corporativas,  las obligaciones adquiridas se registrarán en la cartera comercial, debido a que, si bien el comprador es una persona natural (ejecutivos, generalmente), la obligación de pago corre a cargo de la empresa.

Lo mismo sucede, aclaró la SB, con las tarjetas de crédito para microempresarios, “que no sirven para ir al supermercado o para el almuerzo, sino para comprar insumos”.

Publicidad

Esa nueva clasificación obligará a la SB a revisar la cartera del sistema financiero, pues el crédito de consumo se considera “vencido” después de 15 días de mora. Ese plazo en el microcrédito es de cinco días; y en el comercial, de 90.

La resolución establece que “mientras no se encuentren calificadas dichas metodologías”, las cuotas mensuales pactadas no superarán el 50% del ingreso  familiar mensual del deudor.

Esto quiere decir que  si alguien con un ingreso familiar de $ 500 quiere comprar una filmadora que cuesta $ 900 y por esa compra le van a descontar $ 300 en tres meses, estaría superando el 50% permitido. Para cumplir con la nueva resolución, el comprador y el banco emisor de la tarjeta tendrán que acordar un plazo mayor, con el fin de que la cuota mensual baje a menos de $ 250, que es el equivalente al 50% de su ingreso.

La SB se encargará de certificar que los bancos emisores reclasifiquen su cartera de créditos con tarjeta y cumplan con el límite impuesto por el organismo de control.

Publicidad

EXPECTATIVAS

PRÉSTAMOS
Ángelo Caputi, presidente de la Asociación de Bancos Privados del Ecuador, indicó que “probablemente” la medida afecte la colocación de préstamos a través de tarjetas.

EFECTOS
Uno de los efectos previstos por la Superintendencia es que los créditos al pasar de la cartera de “consumo” a la “comercial” o de “microcrédito” bajen las tasas de interés.

OBJETIVO
El objetivo del organismo de control financiero es evitar el sobreendeudamiento en créditos de consumo.

CONSUMO
Los créditos de consumo hasta noviembre de este año sumaron 1.053 millones de dólares, según la Superintendencia.