Considero que las recientes resoluciones del Congreso Nacional para destituir a los integrantes de la Corte Suprema de Justicia y nombrar a otras personas para que los reemplacen son contrarias a la Constitución y por eso se requiere, en aras de la seguridad jurídica, encontrar una solución lo antes posible.

¿Por qué lo afirmo? Lo invito a leer la Constitución y encontrar las atribuciones otorgadas al Congreso Nacional para realizar tales actos. Le aseguro que no las va a encontrar.

¿Qué se puede hacer? Deshacer lo realizado. ¿Cómo? Logrando que el Congreso Nacional derogue sus referidas resoluciones, para lo cual debería ser convocado a un nuevo periodo extraordinario de sesiones, esta vez por el Presidente del Congreso, según lo previsto en el artículo 133 de la Constitución.

Publicidad

Hay que tener presente que no sugiero reconsideraciones de lo resuelto porque ese camino ya fue bloqueado por la mayoría triunfante.

Lo que pretendo es que, de conformidad con el artículo 70 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, siguiendo el mismo trámite que para su aprobación, el Congreso Nacional derogue sus propias cuestionadas resoluciones.

¿Es irrealizable? Ese es otro problema. En todo caso, puede funcionar.

Publicidad

Yo creo que cuando a un abogado, como yo, se le pide soluciones legales, debe darlas con ortodoxia jurídica, abstraído de las personas involucradas en el caso, pues por afectos o desafectos se puede perder la objetividad que se requiere.

Otra solución podría ser que la ciudadanía ejerza su derecho, determinado en el artículo 105 de la Constitución, a decidir en una consulta popular una fórmula de cierto consenso para resolver el problema.

Publicidad

¿Es realizable? ¿Qué se consultaría?

La reflexión final, para usted y para mí, es que el poder real se encuentra en pocas manos, manos de quienes no siempre piensan en el bien de su mandante, que es el pueblo, y por eso debemos escoger cada vez mejor a nuestros representantes. ¡Qué difícil!