La censura pública que emita el defensor Claudio Mueckay ayudará en la demanda internacional.

El fallo que emitió la Defensoría del Pueblo sobre los hechos ocurridos en la farmacia Fybeca, calificados como delitos de lesa humanidad, se convertirá después de tres días en censura pública, dijo ayer el defensor adjunto del Litoral, Carlos Cabezas Preciado.

Una vez que tenga esa calidad (de censura pública), calificada por el defensor Claudio Mueckay, el documento servirá para que las partes afectadas acudan a los organismos internacionales de Derechos Humanos, a exigir la demanda contra el Estado ecuatoriano, agregó Cabezas Preciado.

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El jurista Hernán Ulloa Parada indicó que “el fallo tiene un alto valor moral, que obliga a que los funcionarios que han actuado mal rectifiquen”. Explicó que “entre estos están los jueces y fiscales, cuyas acciones en el caso Fybeca fueron cuestionadas, porque prácticamente exculparon a los agentes involucrados”.

Ulloa aclaró que si la Defensoría del Pueblo demoró un año en emitir una resolución, “esta de ninguna manera es tardía, porque las violaciones de derechos humanos no prescriben ni en el ámbito nacional ni internacional, aún más si son delitos de lesa humanidad”.

La sentencia, que fue notificada el martes pasado, destacó en su parte medular que los 20 policías que actuaron en el operativo, dirigidos por Eduardo González Flores (actualmente ascendido a teniente coronel de Policía) cometieron actos violatorios a los derechos humanos, a la libertad y seguridad de las personas. Y como resultado causó la muerte de ocho personas (seis con antecedentes delictivos) y la supuesta desaparición de otras tres.

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El fallo de la Defensoría del Pueblo responsabilizó a los policías y al ex agente Érick Salinas como “autores materiales de la detención ilegítima y desaparición forzada de Johnny Gómez Balda, César Mata Valenzuela y Erwin Vivar Palma”.

Condenó la operación policial “porque no solo no racionalizaron el uso de la fuerza y de sus armas sino que les quitaron la vida mientras estaban inmóviles (en el piso). Los policías llegaron al extremo de ejecutar a un empleado (el mensajero de la farmacia Guime Córdova Encalada) y a un cliente (el pastor evangélico Carlos Andrade Almeida) que en ese momento compraba pañales para su hija”.

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La resolución censura también “la acción del mayor Eduardo González, que ni antes ni después del operativo ejerció control, menos supervisión, por el siguiente hecho: La presencia del ex agente Érick Salinas, dado de baja de la Policía por sentencia del Tribunal de Disciplina”.

El fallo considera que “las desapariciones forzadas constituyen un delito permanente mientras sus autores continúen ocultando la suerte y paradero de los desaparecidos, mientras no se hayan esclarecidos los hechos”.

En la parte final, la Defensoría del Pueblo excitó al comandante general de Policía, Jorge Poveda Zúñiga, que “inicie un sumario administrativo para que se ordene la separación y baja de los autores materiales y encubridores”.