Luz María Pico, abogada de los policías involucrados en el caso Fybeca, indicó ayer que la resolución de la Defensoría del Pueblo “no tiene fuerza legal, solo moral, y que la sentencia de la 2ª Corte Distrital de Policía tiene el carácter de cosa juzgada. Esta corte (de Policía) dio el fallo sobre los desaparecidos, delitos contra la vida, detenciones y mal procedimiento policial, de manera que los policías no pueden ser juzgados ni sancionados de otra forma”.

Pico dijo que es descabellado pensar que la Defensoría del Pueblo pueda censurar un hecho que es cosa juzgada. Agregó que “se nota que los tentáculos de los delincuentes, que están organizados, son los que están detrás de ciertos organismos de Derechos Humanos que quieren hacer dinero con la demanda contra el Estado”.

Para Rafael Esteves, defensor de las tres Dolores (Vélez, Guerra y Briones), la resolución de la Defensoría es oportuna, a pesar de que ha demorado mucho. No obstante, indicó que guarda armonía con lo que dijo la Comisión de Control Cívico de la Corrupción (CCCC) a través de la Veeduría, también con los informes de Criminalística, del SIOT (Servicio de Investigación Ocular Técnica) de la Policía,  y con el del inspector general de esa institución, Marcelo Vega Gutiérrez.  “No se puede ocultar el sol con un dedo, y el Ministro de Gobierno ya reconoció que existió delito y empezó a hablar de indemnizaciones”, destacó.

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Para las comisionadas de la Veeduría, Nelly Moreno de Jaramillo y Cecilia Endara de Jaramillo, el fallo “es preciso”.