Reprocho a quienes han recomendado al Conelec, para solucionar el problema eléctrico de Guayaquil, implementar un “esquema” de dos fases:

1) La Categ (Administración Temporal Eléctrica de Guayaquil) convocaría a un concurso internacional para seleccionar dos operadores privados: uno para operar la generación, y otro para administrar la distribución y comercialización de energía eléctrica en Guayaquil. Esto, independientemente de los procesos que deben darse para concesionar los mismos servicios a la empresa privada.

Comentario: Siendo el objetivo final que dos nuevas compañías tengan las mismas referidas finalidades: generar y distribuir energía, ningún inversionista estará interesado en comprar las acciones de esas compañías a quienes se les habrá impuesto de antemano al operador o gerente. Corresponderá a cada Junta General de Accionistas de las compañías a crearse elegir su operador. En consecuencia, debe descartarse el concurso para elegir operadores. Otro es el fin de un indispensable concurso internacional: que compitan las empresas privadas del mundo para comprar los paquetes de acciones de cada una de esas compañías, acciones que inicialmente figurarán a nombre del Estado.
Conelec debe convocar esta licitación, inmediatamente después de constituidas las compañías en referencia.

2) Esta fase de la errónea propuesta deja para después lo que debe ser primero, sin resolver el asunto de fondo: la privatización de los servicios eléctricos. Propone a la Comisión Eléctrica de Guayaquil “constituir las dos sociedades anónimas” (¿por qué no sociedades de economía mixta?) a las que Conelec les hará las concesiones en exclusividad. La Categ recomienda que el fideicomiso transfiera los bienes que actualmente detenta (los bienes que fueron de Emelec y de Electroecuador) directamente a las compañías, y que se constituyan fideicomisos a los que se entregarán las acciones de las empresas. Lo procedente es que el fideicomiso restituya los bienes a la Comisión Eléctrica de Guayaquil y que sea esta entidad la que los aporte a dichas compañías porque, de no hacerse así, de aceptarse el criterio en este punto equivocado del Procurador, coincidente con la recomendación de Categ, significará aceptar la legitimidad del fideicomiso y la apropiación indebida de sus constituyentes, y reconocerles derecho a cobrar, en dinero o acciones, por la utilización y transferencia de los bienes. No tienen sentido los fideicomisos de las acciones porque, insisto, las acciones serán objeto de una venta mediante concurso internacional, que es el modo idóneo de privatizar los servicios eléctricos.

Comentario: el fideicomiso existente, al que los constituyentes aportaron bienes que no eran de su propiedad, siendo así nulo y fraudulento; bienes respecto de los cuales está pendiente aclarar si pertenecen al Estado –o a la AGD por haberlos incautado–, ya debió restituir esos bienes a la Comisión Eléctrica de Guayaquil, dejando constancia de que nada tiene que reclamar respecto de ellos so pena de que se inicie el juicio penal correspondiente.

El dolo, amparado hasta hoy por distintas autoridades y dirigentes, no se esconde, y está a la vista, expuesto como un trofeo: los constituyentes del fideicomiso se atribuyeron, por sí y ante sí, la facultad de crear las compañías para generar y distribuir electricidad en Guayaquil, facultad que según el decreto presidencial –que debe revisarse en otros puntos– pertenece a la Comisión Eléctrica de Guayaquil.

Guayaquil demanda la solución inmediata de este problema originado por empresarios locales interesados en que se les adjudique un monopolio sin concurso.