La primera elección de sus miembros se produjo en los comicios del 2000, aunque la Ley de Juntas Parroquiales Rurales y su reglamento fueron sancionados por el entonces primer mandatario, Gustavo Noboa, un año después.

Genaro Lam, ex presidente de la Asociación de Juntas Parroquiales del Guayas, señala que “nos lanzaron al ruedo sin tener claro cuál era nuestro radio de acción”.

Y sin presupuesto: en el 2001, el Ministerio de Economía realizó una transferencia de 4.000 dólares para que cada una de las 789 juntas organizara su trabajo (contratación de personal, habilitar una sede y comprar equipos).

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El presupuesto asignado para el 2004 fue de ocho millones de dólares. Lam dice que ese monto es insuficiente para financiar las obras en sus jurisdicciones, así que tuvieron que realizar autogestión a través de convenios con ministerios y otras dependencias.

Lam opina que, como organismos seccionales autónomos, las juntas también tienen la obligación de recibir la asignación de la Ley del 15%, “pero la Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME) se opone a nuestro pedido”.

A más de la escasez de fondos, las juntas parroquiales tuvieron problemas de coordinación con los municipios y consejos provinciales.

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Jaime Meneses, presidente de la junta parroquial de Santa Rosa de Flandes (Naranjal), explica que los alcaldes y prefectos vieron con celos la aparición de esta nueva institución. “En vez de aprovecharla como herramienta para el desarrollo integral y armónico, nos miraron como enemigos y nos empezaron a cerrar las puertas pese a que la Constitución los obliga a armar sus planes de trabajo con las necesidades planteadas por las juntas”, explica el funcionario.

OBLIGACIONES
Convocar a la conformación de la Asamblea Parroquial que será el espacio que garantice la participación ciudadana.

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Coordinar  con los concejos municipales, consejos provinciales y demás organismos del Estado, la planificación, presupuesto y ejecución de políticas, programas y proyectos de desarrollo de la parroquia.

Formular  anualmente el Plan de Desarrollo Parroquial.

Impulsar  la conformación de comités barriales o sectoriales dentro de su circunscripción territorial, tendiente a promover la organización comunitaria y el mejoramiento del nivel de vida de la población.