En el cantón Vinces somos una legión de más de 120 ciudadanos, hombres y mujeres, luchando por nuestra supervivencia, la indiferencia ante la desnutrición y la escasez de medicinas para nuestros achaques producidos por nuestra vejez.

Creemos que es necesario que el Estado ecuatoriano pague la deuda al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) y nos rescate del dolor y olvido al capital humano, a los jubilados y pensionistas que hemos entregado todas nuestras energías, con los años más preciosos de nuestra existencia, cumpliendo con todos los requisitos para nuestra jubilación.

Ya es tiempo de que exista reconocimiento, justicia y solidaridad en los años, meses o días que nos quedan de nuestra vida.

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Remigio Carcelén Gómez
Vinces

El afiliado mira con horror la etapa de su probable jubilación.

En nuestro país la jubilación aparenta ser y creo, tal como esta se manifiesta, un castigo para el ser humano; cuando debería ser en función de la alta calificación intelectual, creativa y moral del jubilado –amén del aporte que ha dado a la riqueza nacional– un remanso, pero activo y productivo para sí mismo y la sociedad. Pero, ¿cómo lograrlo?

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Con la creación de la Ley de Promoción Prejubilar y Productividad Continua Posjubilación Obligatoria, que promovería e impondría en el país para todos los empleados y trabajadores con perspectivas de jubilación, estos objetivos:  la ejecución y uso de derechos específicos de productividad prejubilar para los afiliados al IESS, que podrán ser propuestos hasta cinco años anteriores a la presunta jubilación obligatoria.

Los trabajadores, solos o asociados, elaborarán proyectos productivos micro o macro empresarial, los cuales previa jubilación deberá procesar una comisión técnica para productividad jubilar del IESS, a fin de que sean calificados como factibles y productivos.

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Paralelamente, funcionaría centros de formación académico mercantil en las empresas que los emplean, con asocio a las cámaras de la Producción, Comercio y universidades; a efectos de capacitar y asesorar empresarialmente al futuro jubilado. Se crearía con ello una nueva figura de afiliado, la de extensivo, porque pasaría a ser patrono o trabajador al mismo tiempo, otorgándosele la afiliación extensiva al IESS, con todos sus deberes y derechos.

La ley crearía el Fondo Pre-jubilar Productivo con el aporte de diez centavos de dólar por cada barril de petróleo que se facture, y por cada dólar que generen por utilidad y rendimiento los papeles de deuda externa ecuatoriana en manos privadas; encargándose el Fondo de Solidaridad de su cobro, resguardo o transferencia a los administradores del fondo, integrado por representantes de los trabajadores y nuevos empresarios y de la comisión técnica.

Se crearía el Impuesto Solidario Prejubilar Productivo a los cigarrillos y bebidas alcohólicas que se produzcan e importen; a los cabarés, casinos, casas de cita, bares, discotecas, moteles y centros de diversión del país. Este impuesto incrementaría el Fondo Prejubilar y el Servicio de Rentas Internas se encargaría de su cobro, resguardo y transferencia al administrador.

Se proveería de créditos con tres años de gracia e intereses pasivos al jubilado cuyo proyecto empresarial haya merecido la calificación de factibilidad, otorgada por autoridad competente (la comisión técnica). El Fondo proveería a dicha comisión los recursos que demandarían las labores productivas por emprender.

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La comisión procuraría la asesoría permanente y el seguimiento de la idea inicial como del proyecto concebido y en ejecutoria, en línea de garantizar su aplicabilidad, funcionamiento y beneficios multilaterales.

Ing. Daniel Medina Santacruz
Guayaquil