El contrato de participación que la petrolera estadounidense Occidental mantiene con el Estado ecuatoriano abre la posibilidad, en su literal 16.2, de que no se considere como infracción la transferencia del 40% de los derechos de la empresa a la canadiense Encana, sin autorización del Ministerio de Energía.

El contrato indica que “la prohibición de transferir o ceder los derechos del contrato de participación a terceros, sin autorización del Ministerio de Energía no obsta (impide) para que puedan ser negociadas libremente las acciones de la contratista sin necesidad de dicha autorización”.

Esta flexibilidad en el convenio con el Estado no concuerda, sin embargo, con lo que establece el artículo 79 de la Ley de Hidrocarburos, en donde un traspaso de acciones o derechos, sin autorización del ministerio, da paso a la finalización del contrato; es decir, a su caducidad.

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El contenido del contrato, que la petrolera suscribió con el Estado el 21 de mayo de 1999, puede tornarse en el salvavidas de la empresa, informó ayer la Procuraduría, porque cualquier diferencia entre dos compañías debe ceñirse a lo que estipula dicho acuerdo, el cual debe coincidir –en teoría– con lo que determina la Ley de Hidrocarburos.

“La Procuraduría velará porque se cumpla con las normas legales”, dijo un vocero.

El domingo anterior la multinacional publicó en la prensa que todavía “es la única responsable del contrato suscrito con el Estado, del ciento por ciento de las obligaciones, de las inversiones, de los costos operativos, de los impuestos, de los riesgos de exploración, del desarrollo de sus áreas y de la producción”.

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El anuncio pagado decía, además, que el proceso de venta de una parte de sus derechos y obligaciones “no ha concluido y está sujeto a la aprobación de las autoridades competentes”.

No obstante, el presidente ejecutivo de Petroecuador, Luis Eduardo Camacho, notificó a la petrolera –el jueves pasado– de las infracciones en que incurrió “con fundamento en los documentos de la Procuraduría, el Ministerio de Energía, la Dirección Nacional de Hidrocarburos y la Procuraduría de Petroecuador”.

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La empresa tiene diez días de plazo (incluidos sábados y domingos) para desvirtuar o aceptar los  incumplimientos.

La falta más grave que, según la autoridad cometió Occidental, es la celebración en el  2000 de un acuerdo con la petrolera canadiense AEC Ecuador (Encana).

En dicha negociación –que se concretó el 19 de octubre del 2000–, Occidental acordó transferir a la canadiense el título legal del 40% de su participación en el Bloque 15, incluyendo los campos Edén Yuturi y Limoncocha, según consta en una carta que remitió  el representante de Occidental en Ecuador, Geral W. Ellis, al ministro de Energía, Eduardo López, el 15 de julio pasado.

Esa misma fecha (octubre del 2000), las dos empresas (Occidental y Encana) celebraron un convenio de operación derivado del acuerdo; “ninguno de los dos acuerdos contó con la autorización previa del Ministerio de Energía, requisito que establece la Ley de Hidrocarburos”, precisó López.

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